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Aplicación de la Ley de Garantías Electorales a universidades públicas

2201913000006639 · 9 de septiembre de 2019

EpígrafeAplicación de la Ley de Garantías Electorales a universidades públicas
Resumen

El documento conceptúa que la prohibición establecida en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 —Ley de Garantías Electorales—, que restringe la celebración de convenios o contratos interadministrativos para la ejecución de recursos públicos dentro de los cuatro meses anteriores a cualquier elección, no es aplicable a las universidades públicas del orden nacional y territorial. La posición se fundamenta en la autonomía universitaria consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política y desarrollada en la Ley 30 de 1992, así como en la jurisprudencia constitucional y administrativa que excluye a las universidades públicas del régimen de entidades descentralizadas o territoriales, al no estar sujetas al control de tutela característico de estas. Por tanto, las universidades públicas no se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la restricción, al no encajar en los supuestos de hecho previstos en la norma electoral.

Problema jurídico

Determinar si las universidades públicas están sujetas a la prohibición de celebrar convenios interadministrativos durante los cuatro meses anteriores a elecciones, prevista en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005

Fragmentos citables
El parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 - Ley de Garantías Electorales, establece una prohibición para los representantes legales de las entidades de orden territorial y los directores de las entidades descentralizadas del mismo nivel, en cuanto a la celebración de convenios o contratos interadministrativos para la ejecución de recursos públicos, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a cualquier elección.
Establece el supuesto de hecho de la norma cuya aplicación se cuestiona, delimitando el alcance de la prohibición que el documento analiza.
La Constitución Política, en el artículo 69, establece, por una parte, una garantía de autonomía para que las universidades establezcan sus directivas y sus estatutos de acuerdo con la ley, y por otra, la posibilidad de que cuenten con un régimen especial que corresponde dictar al Congreso. En desarrollo de lo anterior se expidió la Ley 30 de 1992, a través de la cual se regularon, básicamente, aspectos como la naturaleza jurídica de las universidades estatales y oficiales, la forma de organizarse y el régimen de contratación aplicable.
Fundamenta la autonomía universitaria como base para excluir a las universidades públicas del ámbito de aplicación de la restricción electoral.
El parágrafo del artículo 38 de la ley de garantías electorales, que restringe la celebración de contratos y convenios interadministrativos por entidades estatales del orden territorial y descentralizado, no es aplicable a las universidades públicas del orden nacional y territorial, debido a que, en virtud de su atributo constitucional de autonomía, no son ni pueden asimilarse a las entidades públicas que expresamente prevé la norma.
Resume la conclusión final del documento, fijando la posición interpretativa sobre la no aplicabilidad de la restricción a las universidades públicas.
MateriasContratos Interadministrativos · Entidades Descentralizadas · Ley De Garantías Electorales · Autonomía universitaria · Universidades públicas · Contratación estatal · Ejecución contractual
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1607959842456-4201912000004354.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000006639
Fecha del documento9 de septiembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 06b61da00f99….

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