Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo – régimen jurídico – infraestructura de transporte
4201912000005014 · 21 de agosto de 2019Contratación estatalapoderadodocumentos tipopliego de condicionesmandatomensaje de datoscontratación estatalcircular externa únicacontrato de mandatopropuestaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo – régimen jurídico – infraestructura de transporte |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conceptúa sobre el alcance de las reglas para la presentación de ofertas a través de apoderado en procesos de selección de obras públicas bajo pliegos tipo. Fija la posición de que la presentación de la propuesta mediante apoderado no se limita a la entrega física del documento, sino que implica un acto jurídico de suscripción de la oferta por parte del mandatario en nombre del poderdante, requiriendo que el poder esté otorgado en legal forma. Precisa que la normativa no exige autenticación o nota de presentación personal para todos los poderes, salvo cuando se trate de poderes especiales, conforme a la Circular Única Externa de la entidad. Además, señala que la ausencia del poder no genera automáticamente el rechazo de la oferta, sino que debe ser subsanable durante el traslado del informe de evaluación, y que los mensajes de datos pueden contener el poder, siempre que cumplan con los requisitos de fuerza probatoria establecidos en la Ley 527 de 1999. Establece condiciones para el otorgamiento del poder, incluyendo la necesidad de facultades claras y suficientes, y delimita las consecuencias de su incumplimiento. |
| Problema jurídico | Requisitos y formalidades para la presentación de ofertas a través de apoderado en procesos de contratación pública |
| Fragmentos citables | Cuando el numeral 2.2. del documento base de los pliegos tipo establece que el proponente podrá presentar su oferta a través de apoderado, está haciendo referencia a la posibilidad de que, en virtud de un mandato, el apoderado presente la oferta a nombre del proponente. Por consiguiente, el numeral 2.2. del documento base no está haciendo referencia a la entrega física de la propuesta, sino a la capacidad de adquirir obligaciones a nombre del proponente, y en este sentido se debe descartar cualquier posibilidad de exigirle a la persona que entrega la oferta, diferente del proponente, que entregue el poder que acredita su calidad de apoderado. Es posible concluir que cuando la propuesta se presente a través de apoderado, dicho poder deberá ser otorgado con las formalidades establecidas por las normas enunciadas, lo cual incluye, para el evento que se trate de poderes especiales, la nota de presentación personal. Ahora bien, la presentación de la propuesta por una persona diferente al proponente persona natural o al representante legal de la persona jurídica o proponente plural sin contar con el poder otorgado en la forma señalada, no genera por sí mismo el rechazo de la oferta, por cuanto esta consecuencia procede únicamente frente a los eventos establecidos en el numeral 1.15 del Documento Base. |
| Materias | Apoderado · Documentos Tipo · Pliego De Condiciones · Mandato · Mensaje de datos · Contratación estatal · Circular Externa Única · Contrato De Mandato · Propuesta |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1611265637749-4201912000005014.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: c6dd81735af3….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.