Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Normativa sobre contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en la administración pública
4201912000005902 · 16 de octubre de 2019Contratación estatalcontratación directaestatuto general de contratacion de la administración públicahonorariospublicidad en secopservicios personales indirectoscontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Normativa sobre contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en la administración pública |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la normativa aplicable a los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en el sector público, precisando su régimen jurídico, modalidades de selección, límites a los honorarios y obligaciones de publicidad. Fija que estos contratos solo pueden celebrarse mediante contratación directa cuando se requieran conocimientos especializados o no exista personal de planta idóneo, excluyendo su naturaleza laboral y limitando su duración al término indispensable. Respecto a los honorarios, señala que no existen topes generales en la normativa de contratación pública, salvo para servicios personales calificados o altamente calificados, donde se impone un límite equivalente a la remuneración total mensual del jefe de la entidad, incluyendo factores prestacionales y contribuciones, salvo autorización excepcional para servicios altamente calificados. Además, conceptúa que la publicidad de los documentos del proceso en el SECOP es obligatoria y su incumplimiento genera responsabilidad por falta de publicidad, cuya determinación corresponde a los órganos de control según el caso concreto. |
| Problema jurídico | Determinar el marco normativo aplicable a la celebración, límites de honorarios y obligaciones de publicidad en contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión por parte de entidades estatales |
| Fragmentos citables | Son contratos de prestación de servicios los que celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable. Si la entidad estatal incumple el deber de publicar los documentos del proceso, esto deviene en una responsabilidad por falta de publicidad. Determinar el alcance de la responsabilidad por la no publicación oportuna, así como los efectos de la misma corresponde a los respectivos órganos de control, dependiendo de las implicaciones que dicha omisión genere en el caso concreto. |
| Materias | Contratación Directa · Estatuto General De Contratacion De La Administración Pública · Honorarios · Publicidad en SECOP · Servicios personales indirectos · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597866427401-4201912000005902.docx |
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