Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Cómo hacer valer en procesos de contratación títulos académicos obtenidos en el extranjero
2201913000006943 · 18 de septiembre de 2019Contratación estatalcircular externa únicaclasificación internacional normalizada de educación (cine)decreto 4170 de 2011equivalencia de títulostítulos académicos extranjeroscontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Cómo hacer valer en procesos de contratación títulos académicos obtenidos en el extranjero |
|---|---|
| Resumen | Este documento conceptúa sobre el alcance de la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente en relación con la acreditación de títulos académicos obtenidos en el exterior dentro de procesos de contratación pública. Fija la posición de que, aunque la equivalencia o convalidación de dichos títulos es competencia exclusiva del Ministerio de Educación, la Circular Externa Única orienta a las entidades sobre la metodología aplicable para verificar el nivel educativo de los proponentes mediante la Clasificación Internacional Normalizada de Educación (CINE), adoptada en Colombia mediante Resolución 776 de 2015 del DANE. Señala que los proponentes pueden acreditar su formación académica extranjera presentando el diploma con descripción del programa según la CINE o, alternativamente, la convalidación expedida por el Ministerio de Educación. Además, precisa que la Circular no regula el trámite de equivalencia, sino que remite a la normativa especializada en la materia. |
| Problema jurídico | Determinar la metodología aplicable para acreditar títulos académicos obtenidos en el extranjero en procesos de contratación pública, conforme a la normativa vigente y la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente. |
| Fragmentos citables | Las circulares que expide la Agencia Nacional de Contratación Pública desarrollan temas transversales en materia de contratación pública, tal como lo hizo la Circular Externa Única al incluir en el numeral 9.3 la manera como las entidades que adelantan procesos de contratación pueden hacer valer títulos académicos obtenidos en el exterior, sin que esto quiera decir que deba desatenderse la normativa prevista por las entidades especializadas en temas particulares como es el caso del Ministerio de Educación en lo relacionado con el trámite de equivalencias o convalidaciones de títulos extranjeros. El proponente puede acreditar la formación académica adquirida en el exterior con (i) copia del diploma expedido por el centro educativo y la descripción del programa correspondiente que permita conocer el nivel de los estudios de acuerdo con la Clasificación Internacional Normalizada de Educación – CINE o, (ii) la convalidación correspondiente. La Entidad Estatal debe establecer en los Documentos del Proceso el nivel de educación requerido y señalar los códigos equivalentes en la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación en los términos del manual que se puede consultar en el siguiente link http://unesdoc.unesco.org/images/0022/002207/220782s.pdf La equivalencia de títulos académicos extranjeros la realiza el Ministerio de Educación Nacional. La Clasificación Internacional Normalizada de Educación (CINE) permite clasificar y comparar programas educativos a nivel internacional por niveles de educación. En todo caso, el numeral 9.3 de la Circular Externa Única, expedida por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, únicamente informa a los partícipes del sistema de compra pública la metodóloga aplicable a Colombia para hacer valer los títulos académicos obtenidos en el exterior. Finalmente, es preciso aclarar que la Circular Externa Única no regula la equivalencia o convalidación de títulos académicos obtenidos en el extranjero, trámite diferente que está cargo del Ministerio de Educación Nacional. |
| Materias | Circular Externa Única · Clasificación Internacional Normalizada de Educación (CINE) · Decreto 4170 de 2011 · Equivalencia de títulos · Títulos académicos extranjeros · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000005969.docx |
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