Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Iva en la evaluación de ofertas de entidades estatales
2201913000007229 · 5 de septiembre de 2019Contratación estataldecreto 1082 de 2015decreto ley 4170 de 2011entidades estatalesevaluación de ofertasivacontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Iva en la evaluación de ofertas de entidades estatales |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conceptúa sobre el alcance del IVA en los procesos de contratación estatal. Fija la posición de que las entidades públicas deben evaluar las ofertas incluyendo el valor del IVA, cuando este sea aplicable al bien o servicio objeto del contrato, para garantizar la transparencia y la igualdad entre los proponentes. La autoridad fundamenta su postura en la necesidad de que los oferentes consideren todos los costos asociados al contrato, incluyendo impuestos, tasas y contribuciones, en el precio total de sus propuestas. Además, precisa que la evaluación debe realizarse sobre el costo total del contrato, independientemente de si los proponentes son o no responsables del IVA, y que la inclusión del impuesto en el valor del contrato depende de si el bien o servicio está gravado o excluido del mismo. El documento deroga un concepto anterior que excluía el IVA de la evaluación, alineándose con los principios de selección objetiva y planeación de los procesos de contratación. |
| Problema jurídico | Si las entidades estatales deben incluir el IVA en el valor de las ofertas al evaluar a los proponentes |
| Fragmentos citables | La selección de los contratistas en los procesos de contratación que adelantan las entidades estatales debe hacerse de manera objetiva. La selección objetiva se materializa cuando, de acuerdo con las reglas establecidas en el reglamento del proceso, es decir, en los pliegos de condiciones, la entidad escoge la oferta más favorable a sus intereses y a los fines del Estado, sin tener en cuenta intereses de carácter particular. No obstante, y de acuerdo con las consideraciones del presente concepto, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente considera que la evaluación de las ofertas se debe hacer íntegramente, es decir, teniendo en cuenta los impuestos, tasas o contribuciones que afectan el contrato. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Decreto Ley 4170 de 2011 · Entidades Estatales · Evaluación De Ofertas · Iva · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000006059.docx |
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