Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Respuesta a consulta sobre validez de requisitos de experiencia en Pliegos Tipo para pavimento rígido en vías urbanas
2201913000008173 · 31 de octubre de 2019Contratación estataldocumentos tipoexperiencia del proponentepliegos de condicionesinfraestructura vial urbanamatriz 1 – experienciacontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Respuesta a consulta sobre validez de requisitos de experiencia en Pliegos Tipo para pavimento rígido en vías urbanas |
|---|---|
| Resumen | Este documento conceptúa el alcance de los Documentos Tipo regulados por la Resolución No. 1798 del 1 de abril de 2019, aplicables a procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte. Fija la posición de que las entidades estatales, al definir la experiencia exigible en la etapa de planeación, deben ajustarse estrictamente a lo dispuesto en la Matriz 1- Experiencia, sin facultad para modificar, omitir o alterar las actividades allí establecidas. Precisa que la experiencia debe solicitarse conforme al tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del proceso, siguiendo los pasos detallados en la matriz, y que no es viable exigir requisitos adicionales o actividades distintas a las previstas. Además, limita la exigencia de experiencia específica a los rangos y porcentajes establecidos en la matriz, sin permitir interpretaciones extensivas o condiciones no previstas en el Documento Base. |
| Problema jurídico | Validez de requisitos de experiencia en Pliegos Tipo para pavimento rígido en vías urbanas |
| Fragmentos citables | En los Documentos Tipo implementados y desarrollados a través de la Resolución No. 1798 del 1 de abril de 2019, aplicables a los procesos de licitación de obra pública de infraestructura de transporte, para definir la experiencia exigible, la entidad estatal, en la etapa de planeación, debe tener en cuenta: i) el alcance del objeto a contratar, ii) el tipo de infraestructura, iii) las actividades definidas en la Matriz 1- Experiencia y iv) la cuantía del proceso de contratación. Por lo tanto, la entidad estatal no puede omitir, modificar o alterar la experiencia que corresponda a cada actividad que se encuentra en la “Matriz 1- Experiencia”, pues debe ser solicitada en las condiciones allí establecidas. En este sentido, la experiencia se exigirá de acuerdo con el tipo de infraestructura, la actividad a contratar y la cuantía del Proceso de Contratación. Así, por ejemplo, la actividad de “CONSTRUCCIÓN O REHABILITACIÓN O MEJORAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA VIAL PARA TRÁFICO VEHICULAR DE VÍAS URBANAS O VÍAS PRIMARIAS”, señalada en el numeral 6.10 de la Matriz 1 – Experiencia, la entidad solicitará independientemente de la cuantía únicamente como “experiencia general” alguna de las siguientes actividades: la construcción de infraestructura vial para tráfico vehicular de vías urbanas o vías primarias, la rehabilitación de infraestructura vial para tráfico vehicular de vías urbanas o vías primarias, y el mejoramiento de infraestructura vial para tráfico vehicular de vías urbanas o vías primarias. Por consiguiente, la entidad estatal sólo puede exigir la experiencia general y específica prevista en la Matriz 1- Experiencia, en las condiciones allí previstas, sin que sea viable exigir actividades o cantidades adicionales o modificar las actividades válidas para la acreditación de experiencia, es decir, se debe solicitar con la descripción completa que corresponda a la experiencia general y específica. |
| Materias | Documentos Tipo · Experiencia Del Proponente · Pliegos De Condiciones · Infraestructura vial urbana · Matriz 1 – experiencia · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597878154056-4201912000006489.docx |
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