Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos Tipo – Experiencia adicional en licitación de obra pública de infraestructura de transporte

2201913000008266 · 24 de septiembre de 2019

EpígrafeDocumentos Tipo – Experiencia adicional en licitación de obra pública de infraestructura de transporte
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conceptúa sobre el alcance y procedencia de la exigencia de experiencia adicional en los Documentos Tipo para licitaciones de obra pública de infraestructura de transporte. Fija la posición de que la experiencia adicional solo es procedente cuando el objeto contractual incluye bienes o servicios no vinculados directamente a la infraestructura de transporte, como alcantarillado, acueducto, suministro o consultoría para estudios y diseños, siempre que se cumplan parámetros específicos. Establece que la entidad debe demostrar condiciones de mercado para estos bienes o servicios, conservar los requisitos de los Documentos Tipo, evitar exigencias excluyentes y clasificar la experiencia requerida hasta el tercer nivel del Clasificador de Bienes y Servicios. Además, precisa que los proponentes pueden acreditar la experiencia adicional con los mismos contratos usados para la experiencia general o con contratos distintos, siempre que no superen seis en total y cumplan con los porcentajes mínimos exigidos en el Formato 3 – Experiencia. También señala que la experiencia adicional no requiere necesariamente códigos UNSPSC, pero la entidad debe indicar los códigos aplicables y el proponente debe consignarlos en el formato correspondiente.

Problema jurídico

¿Cómo se demuestra el requerimiento de experiencia adicional de forma excepcional y bajo qué parámetros puede exigirse?

Fragmentos citables
La posibilidad de solicitar experiencia adicional sólo es posible cuando el objeto contractual incluye bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura de transporte, es decir: i) la actividad que se requiere si bien es una actividad de obra no está relacionada con la infraestructura de obra de infraestructura transporte, por ejemplo, la construcción de alcantarillado o acueducto, y ii) la obra o servicio adicional es distinto a la actividad de obra, aun cuando se relaciona con la infraestructura de transporte, ya sea porque es un contrato de suministro, o de consultoría para realizar los estudios y diseños de la obra de infraestructura de transporte.
Establece los supuestos de hecho en los que procede la experiencia adicional, delimitando su alcance frente a la obra pública de infraestructura de transporte.
En este caso, la entidad puede incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de los bienes o servicios ajenos a la obra pública; no obstante, se deben seguir los siguientes parámetros: i) demostrar en los estudios previos que ha verificado las condiciones de mercado para la adquisición de los bienes o servicios adicionales al componente de obra pública, de tal forma que la experiencia adicional garantiza la pluralidad de oferentes, ii) conservar los requisitos exigidos en los Documentos Tipo, iii) abstenerse de pedir experiencia exclusiva con entidades estatales, experiencia previa en un territorio específico, limitada en el tiempo o que incluya volúmenes o cantidades de obra específica, iv) clasificar la experiencia requerida solo hasta el tercer nivel del Clasificador de Bienes y Servicios e incluir exclusivamente los códigos que estén relacionados directamente con el objeto a contratar.
Detalla los requisitos y límites que deben observarse al exigir experiencia adicional, garantizando su proporcionalidad y transparencia.
Los proponentes deben acreditar la experiencia de los bienes y servicios adicionales aplicando las reglas de los Documentos Tipo, es decir, que debe presentarse de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.5 del Documento Base, que es a través de la información suministrada en el Registro Único de Proponentes y la presentación del Formato 3 – Experiencia.
Precisa el mecanismo y los instrumentos formales para acreditar la experiencia adicional, vinculando su exigencia a los Documentos Tipo.
En relación con la última pregunta, la entidad deberá indicar las actividades con los códigos a contratar y el proponente, en el Formato 3 – Experiencia, señalará en los contratos que aporta los códigos UNSPSC exigidos por la entidad.
Aclara el tratamiento de los códigos UNSPSC en la experiencia adicional, diferenciando el rol de la entidad y del proponente en su aplicación.
MateriasDocumentos Tipo · Decreto 342 de 2019 · Experiencia adicional · Infraestructura de transporte · Licitación de obra pública · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1596547448592-4201912000006576.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000008266
Fecha del documento24 de septiembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 441df8d694f5….

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