Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Precios artificialmente bajos – regulación – identificación – procedimiento

2201913000007853 · 21 de octubre de 2019

EpígrafePrecios artificialmente bajos – regulación – identificación – procedimiento
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las reglas aplicables a la identificación de ofertas con precios artificialmente bajos y la acreditación de experiencia en los Documentos Tipo. Fija la posición de que, para determinar si una oferta tiene un valor artificialmente bajo, la entidad debe aplicar el procedimiento establecido en el Decreto 1082 de 2015 y los parámetros de la Guía expedida por esta entidad, analizando el valor total de la oferta y no sus componentes unitarios. Además, precisa que la experiencia en parques solo es válida como 'espacio público del subsistema vial' cuando se relacione con infraestructura asociada a transporte. La autoridad también señala que la utilidad proyectada puede ser un factor relevante al definir el valor mínimo aceptable, pero la metodología propuesta en la guía no es de obligatorio cumplimiento, permitiendo a las entidades adaptar su aplicación según las circunstancias del proceso.

Problema jurídico

Aclaración de reglas sobre precios artificialmente bajos y experiencia en Documentos Tipo

Fragmentos citables
El artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto 1082 de 2015 establece que cuando el valor de una oferta parezca artificialmente bajo, la entidad debe requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Frente a estas explicaciones le corresponde al comité evaluador analizarlas y recomendar si debe rechazar la oferta o continuar con el análisis durante la evaluación de las ofertas.
Establece el procedimiento legal obligatorio para identificar y evaluar ofertas con precios artificialmente bajos, base del concepto emitido.
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente sugiere una metodología que las entidades pueden aplicar para identificar ofertas con precios artificialmente bajos, en procesos en los que hay más de 5 ofertas. Esta metodología sugiere que la entidad puede: 1. Tomar el conjunto de ofertas a evaluar. 2. Calcular la mediana, o dependiendo de la dispersión de los datos el promedio, del valor de cada oferta o de cada ítem dentro de la oferta. 3. Calcular la desviación estándar del conjunto. 4. Determinar el valor mínimo aceptable.
Detalla la metodología recomendada para identificar ofertas artificialmente bajas, clave en la interpretación del documento.
El numeral 4.1.1 del “Documento Base” establece las reglas aplicables cuando existe un precio que parece artificialmente: En el evento en el que el precio de una oferta no parezca suficiente para garantizar una correcta ejecución del contrato, de acuerdo con la información recogida durante la etapa de planeación y particularmente durante el Estudio del Sector, la Entidad deberá aplicar el procedimiento descrito en el artículo 2.2.1.1.2.2.4. del Decreto 1082 de 2015 y los parámetros definidos en la Guía para el manejo de ofertas artificialmente bajas en Procesos de Contratación de Colombia Compra Eficiente.
Integra los instrumentos normativos y técnicos que deben aplicarse para evaluar ofertas artificialmente bajas en los Documentos Tipo.
De acuerdo con la “Matriz 1 – Experiencia” la acreditación de experiencia en “espacio público del subsistema vial” es válida cuando el objeto a contratar se refiere a “obras de infraestructura vial urbana” para las actividades señaladas en los numerales 6.3 o 6.4, esto es, “6.3 PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN O MEJORAMIENTO O REHABILITACIÓN DE ESPACIO PÚBLICO” o “6.4 PROYECTOS DE MANTENIMIENTO DE ESPACIO PÚBLICO”. Por lo tanto, la experiencia en parques será admisible siempre que se trata de infraestructura asociada a infraestructura de transporte.
Precisa el alcance de la experiencia requerida en los Documentos Tipo, aclarando cuándo la experiencia en parques es válida.
MateriasDocumentos Tipo · Experiencia en contratación · Metodología de evaluación de ofertas · Precios artificialmente bajos · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1596551331610-4201912000006646.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000007853
Fecha del documento21 de octubre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 905d0a2e5903….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com