Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Requisitos habilitantes para proponentes plurales en contratación estatal
2201913000007980 · 24 de octubre de 2019Contratación estatalcapital de trabajoregistro único de proponentesrequisitos habilitantesconsorciosexperiencia contractualuniones temporalescontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Requisitos habilitantes para proponentes plurales en contratación estatal |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el cómputo de los requisitos habilitantes de experiencia y capacidad financiera (específicamente el capital de trabajo) para proponentes plurales, como consorcios y uniones temporales, en procesos de contratación estatal. Fija la posición de que, al no ser personas jurídicas, cada integrante debe acreditar individualmente estos requisitos según lo registrado en el Registro Único de Proponentes (RUP), sin que la entidad pueda exigir documentación adicional. Sin embargo, orienta que, como lineamiento no obligatorio, las entidades pueden sumar los valores acreditados por cada miembro para evaluar el cumplimiento de estos requisitos. Además, precisa que la entidad estatal es autónoma para definir los requisitos habilitantes en sus pliegos, basándose en estudios del sector, y que el Manual para determinar y verificar requisitos habilitantes actúa como guía orientadora, no como norma obligatoria. |
| Problema jurídico | Cómputo del capital de trabajo y de la experiencia para proponentes plurales en procesos de contratación estatal |
| Fragmentos citables | La Ley 80 de 1993 permite que dos o más personas naturales o jurídicas se agrupen para la presentación de una propuesta y la celebración de un contrato con una entidad estatal, conservando su individualidad jurídica, es decir que el proponente plural no genera una persona jurídica y los requisitos habilitantes deben ser evaluados respecto de cada miembro, sin que ello desconozca la finalidad de esta figura que es unir esfuerzos. No obstante, la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, como lineamiento orientador y no obligatorio, respecto del capital de trabajo, que es un indicador de capacidad financiera adicional a los señalados por el artículo 2.2.1.1.1.5.3. del Decreto 1082 de 2015, y de la experiencia, señala en el Manual para determinar y verificar requisitos habilitantes en los procesos de contratación, que puede hacerse la sumatoria de lo acreditado con el RUP por cada miembro del proponente plural. |
| Materias | Capital De Trabajo · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Consorcios · Experiencia contractual · Uniones temporales · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000006798.docx |
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