Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Respuesta a consulta sobre fecha de inicio de ejecución de contratos en SECOP II
2201913000008603 · 19 de noviembre de 2019Contratación estatalsecop iifecha de inicio de ejecucióngarantías contractualescontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Respuesta a consulta sobre fecha de inicio de ejecución de contratos en SECOP II |
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| Resumen | Este documento conceptúa sobre la obligatoriedad del campo de fecha de inicio de ejecución en el SECOP II para el registro de contratos estatales. Fija la posición de que dicho campo es obligatorio pero corresponde a una fecha estimada de aceptación del contrato, sujeta a modificaciones posteriores según el cumplimiento de los requisitos de ejecución, como la aprobación de garantías y disponibilidades presupuestales. La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente- precisa que, aunque el perfeccionamiento del contrato requiere acuerdo sobre el objeto y la contraprestación por escrito, la ejecución efectiva depende de condiciones posteriores, por lo que la plataforma permite ajustar la fecha inicial una vez se cumplan estos requisitos. Además, destaca que la gestión contractual en el SECOP II abarca desde la creación hasta la liquidación del contrato, incluyendo el cargue de garantías y otros documentos, y que la modificación de la fecha de inicio está prevista en la normativa del sistema. |
| Problema jurídico | Determinar si es posible registrar un contrato en SECOP II con fecha de inicio distinta a la de suscripción, especialmente cuando las garantías se obtienen con posterioridad |
| Fragmentos citables | El campo establecido para la fecha de inicio de ejecución en el SECOP II es obligatorio; sin embargo, es una fecha estimada de aceptación del contrato, pues dependiendo del cumplimiento de los requisitos de ejecución, la misma puede estar sujeta a cambios. Teniendo en cuenta que no es posible saber de antemano con exactitud la fecha de su inicio, la plataforma no bloquea a futuro dicho campo. En la “Información general” se diligencian los datos básicos referidos a la información del contrato y la información de la entidad estatal y proveedor. En cuanto a la información del contrato se diligencia la fecha de generación del estado, es decir, la fecha en que se adjudica el proceso de contratación en el SECOP II; el número, objeto y tipo de contrato, así mismo si éste está asociado con otro contrato; las obligaciones, la fecha de inicio y fin del contrato. Frente al numeral “a) condiciones ejecución y entrega” la Guía establece que en la fecha estimada de inicio de ejecución contrato, la entidad debe indicar la fecha teniendo en cuenta los tiempos requeridos para la legalización del contrato. Así que cuando efectivamente inicie el contrato, la entidad estatal puede modificar la fecha de inicio del contrato en el SECOP. En cuanto a la fecha de inicio del contrato, tanto en la sección de información general como en la de condiciones, la Guía para hacer la gestión contractual en el SECOP II, establece que es la fecha estimada de la aceptación del contrato. Por lo cual, teniendo en cuenta que la misma puede estar sujeta a cambios, el SECOP II permite a las entidades modificar la fecha de inicio del contrato de acuerdo con lo previsto en la normativa del sistema de compra pública. |
| Materias | Secop Ii · Fecha de inicio de ejecución · Garantías contractuales · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000006816.docx |
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