Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Acreditación de la Capacidad Organizacional (CO) de la Capacidad Residual en Documentos Tipo

2201913000007767 · 17 de octubre de 2019

EpígrafeAcreditación de la Capacidad Organizacional (CO) de la Capacidad Residual en Documentos Tipo
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance y requisitos para acreditar el componente Capacidad Organizacional (CO) de la capacidad residual en procesos de selección de contratos de obra pública. Fija la posición de que, en los procesos que utilicen los Documentos Tipo, los proponentes deben presentar información financiera auditada y aprobada por el máximo órgano social, independientemente de la fecha de cierre de la oferta, sin que esto implique contradicción con la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual. La autoridad fundamenta su postura en la necesidad de garantizar que los estados financieros cumplan su finalidad pública y en la normativa comercial que exige su aprobación por el órgano social competente. Además, precisa que esta exigencia es proporcional y se ajusta a derecho, complementando la guía sin generar contradicciones, y que la presentación de estados financieros aprobados aplica en cualquier momento del proceso de contratación cuando se empleen los Documentos Tipo.

Problema jurídico

Determinar si existe contradicción entre la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública y el Documento Base o Pliego Tipo respecto al cálculo del componente Capacidad Organizacional (CO) de la capacidad residual, y si se requiere información financiera auditada y aprobada por el máximo órgano social en cualquier tiempo o solo antes del quinto día hábil de abril.

Fragmentos citables
Para poder participar en los procesos de selección de los contratos de obra, la capacidad residual del proponente o K de contratación”, la cual “deberá ser igual o superior al que la entidad haya establecido para el efecto en los pliegos de condiciones”.
Establece el fundamento normativo inicial sobre la capacidad residual como requisito para participar en procesos de selección de contratos de obra.
El Decreto 1082 de 2015 define la Capacidad Residual como la aptitud de un oferente para cumplir oportuna y cabalmente el objeto de un contrato de obra, sin que sus otros compromisos contractuales afecten su habilidad para cumplir el contrato que está en proceso de selección.
Define conceptualmente la capacidad residual, base para entender su cálculo y verificación en los procesos de contratación.
Para acreditar la Capacidad de Organización (CO) del proponte, el artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015 requiere dos documentos diferentes: i) el balance general del año inmediatamente anterior y ii) el estado de resultados del año en que haya obtenido el mayor ingreso operacional dentro de los últimos cinco (5) años. Ambos documentos son estados financieros.
Precisa los documentos específicos exigidos para acreditar el componente CO, según la normativa aplicable.
MateriasCapacidad Organizacional · Capacidad Residual · Decreto 1082 De 2015 · Documentos Tipo · Estados financieros auditados · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597442290687-4201912000006883.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000007767
Fecha del documento17 de octubre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: d32f128cba93….

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