Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Plan Anual de Adquisiciones – Marco normativo y guía para su elaboración
2201913000008942 · 22 de octubre de 2019Contratación estatalconvenios interadministrativosprincipio de planeaciónplan anual de adquisicionestransparencia y publicidadcontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Plan Anual de Adquisiciones – Marco normativo y guía para su elaboración |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la obligatoriedad de incluir en el Plan Anual de Adquisiciones los convenios interadministrativos, de asociación o docencia-servicio que no generen afectación presupuestal, ya sea por su valor cero o por aportes en especie. La autoridad fija la posición de que la inclusión en el Plan no depende de la ejecución de recursos públicos, sino de la planeación de los procedimientos contractuales que la entidad estatal adelantará durante el año, conforme al principio de transparencia y publicidad consagrado en la normativa. Se fundamenta en el artículo 74 de la Ley 1474 de 2011, el Decreto 1082 de 2015 y la jurisprudencia del Consejo de Estado, destacando que el Plan Anual de Adquisiciones es una herramienta de planeación contractual que busca garantizar el interés general, sin limitarse a contratos con erogación presupuestal. |
| Problema jurídico | Determinar si los convenios sin afectación presupuestal o con aportes en especie deben incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones |
| Fragmentos citables | La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente responde su consulta del 22 de octubre de 2019, en ejercicio de la competencia otorgada por el numeral 8 del artículo 11 y el numeral 5 del artículo 3 del Decreto Ley 4170 de 2011. Analizando las normas sobre el Plan Anual de Adquisiciones, se concluye que no existen disposiciones de las que se pueda inferir el interés de la ley en exigir la inclusión exclusiva de los procedimientos que evidencien la ejecución de recursos públicos, puesto que su objetivo es general y se refiere a la actividad contractual de las entidades, sin que pueda existir una interpretación diferente, debido a la finalidad de la ley respecto de la ciudadanía y su derecho a conocer las decisiones de la Administración pública. Este concepto tiene el alcance previsto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. |
| Materias | Convenios Interadministrativos · Principio De Planeación · Plan anual de adquisiciones · Transparencia y publicidad · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000007258.docx |
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