Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Subsanabilidad de ofertas, RUP, certificado de existencia y representación legal, Documentos Tipo en infraestructura de transporte y precios artificialmente bajos
2201913000009110 · 11 de diciembre de 2019Contratación estatalcertificado de existencia y representación legaldocumentos tiporegistro único de proponentessubsanabilidadprecios artificialmente bajoscontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Subsanabilidad de ofertas, RUP, certificado de existencia y representación legal, Documentos Tipo en infraestructura de transporte y precios artificialmente bajos |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia Compra Eficiente-, conceptúa sobre el alcance de la subsanabilidad de requisitos y documentos en procesos de contratación pública, conforme a la Ley 1882 de 2018 y normativa complementaria. Fija la posición de que la Administración puede requerir subsanaciones antes de la publicación del informe de evaluación, siempre que se realicen antes del término de traslado del mismo, garantizando mayor seguridad y certeza al proceso. Precisa que no se pueden acreditar hechos ocurridos con posterioridad al cierre del proceso, aunque sí subsanar la prueba de requisitos cumplidos antes de esa fecha, siempre que no afecten la asignación de puntaje. Señala como insubsanable la falta de la garantía de seriedad y regula la presentación del RUP vencido, exigiendo su renovación previa para participar en procesos de contratación. Además, conceptúa sobre la aplicación de Documentos Tipo en contratos de espacio público urbano vinculados a infraestructura de transporte y el procedimiento para requerir explicaciones en casos de precios artificialmente bajos. |
| Problema jurídico | Determinar el régimen jurídico aplicable a la subsanabilidad de requisitos en ofertas públicas, la vigencia del RUP, la validez de certificados de existencia y representación legal con fecha posterior al cierre del proceso, la aplicación de Documentos Tipo en contratos de espacio público urbano vinculados a infraestructura de transporte y el procedimiento para el manejo de ofertas con precios artificialmente bajos. |
| Fragmentos citables | Frente a la regla general, la norma fijó un límite final para que la Administración y los oferentes subsanen los requisitos o documentos que puedan y deban ser subsanados, pero nada impide, y la norma no lo hace, que la Administración requiera al proponente antes de publicar el informe de evaluación. En efecto, la redacción de la norma permite que la Administración solicite a los oferentes subsanar y que estos lo hagan hasta antes del término del traslado del informe de evaluación. El parágrafo 3 del artículo 5 de la Ley 1882 de 2018 determinó, de manera expresa, que “la no entrega de la garantía de seriedad junto con la propuesta no será subsanable y será causal de rechazo de la misma”, dejando claro que se trata de un documento de obligatoria presentación junto con la propuesta y que materializa los principios de seriedad e irrevocabilidad de la oferta. Si el proponente no renueva la información contenida en el RUP antes del quinto día hábil del mes de abril de cada año, cesarán sus efectos. Lo anterior, implica que, el proponente no se podrá presentar a los procesos de contratación, porque no tiene la capacidad jurídica para hacerlo, en los casos que es necesario estar inscrito en el RUP. Y, por lo tanto, debe inscribirse nuevamente. Cuando el valor de una oferta parezca artificialmente bajo, la entidad debe requerir al oferente para que explique las razones que sustentan el valor ofrecido. Frente a estas explicaciones le corresponde al comité evaluador analizarlas y recomendar si debe rechazar la oferta o continuar con el análisis de la oferta durante la evaluación de las ofertas. |
| Materias | Certificado De Existencia Y Representación Legal · Documentos Tipo · Registro Único De Proponentes · Subsanabilidad · Precios artificialmente bajos · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000007418.docx |
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