Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consorcios y uniones temporales – finalidad y retiro de integrantes en proponentes plurales

4201912000007420 · 13 de diciembre de 2019

EpígrafeConsorcios y uniones temporales – finalidad y retiro de integrantes en proponentes plurales
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de figuras asociativas en procesos de contratación estatal y la irrevocabilidad de las ofertas presentadas por proponentes plurales. Fija la posición de que los consorcios, uniones temporales y promesas de sociedad futura, al presentarse como proponentes en licitaciones, adquieren carácter serio e irrevocable desde el momento de la presentación de la oferta, vinculando a sus miembros a mantener las condiciones ofrecidas. Señala que el retiro de un integrante después de vencido el plazo para presentar ofertas afecta la garantía de seriedad, permitiendo a la entidad estatal hacerla efectiva conforme al Decreto 1082 de 2015. Además, precisa que, aunque la normativa no regula expresamente la promesa de sociedad futura, esta puede ser tratada como un consorcio si cumple los requisitos de la Ley 80 de 1993. La respuesta se fundamenta en los principios de buena fe, igualdad y concurrencia, así como en la jurisprudencia del Consejo de Estado y el Código de Comercio.

Problema jurídico

Determinar si es posible el retiro de uno de los integrantes de un proponente plural (consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura) después de vencido el plazo para la presentación de ofertas, sin afectar el carácter serio e irrevocable de la propuesta

Fragmentos citables
La Agencia Nacional de Contratación Pública- Colombia Compra Eficiente puso a disposición de los interesados del Sistema de Compra Pública, la Guía de Asuntos Corporativos en los Procesos de Contratación, donde señaló que los proponentes, además de constituir figuras asociativas como los consorcios o uniones temporales, pueden presentarse como otras sociedades constituidas con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato. De tal manera que si un proponente se presenta como promesa de sociedad futura la entidad estatal “no podrá rechazar la oferta presentada y deberá entender que su participación será la de un consorcio, siempre que reúna los requisitos previstos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993”.
Establece la posición de Colombia Compra Eficiente sobre el tratamiento de la promesa de sociedad futura como figura asociativa equivalente a consorcio o unión temporal, siempre que cumpla requisitos legales.
El carácter serio y vinculante de la propuesta implica que una vez presentada no pueda modificarse o alterarse, pues además de ir en desmedro de su carácter serio, afecta o pone en situación de desventaja a los demás proponentes, en perjuicio de los principios de buena fe e igualdad. La entidad puede hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta acorde con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015.
Define el carácter irrevocable de las ofertas y las consecuencias del retiro de miembros después de presentado el plazo, permitiendo la ejecución de la garantía de seriedad.
No es posible el retiro de uno de los integrantes o miembro del proponente plural, después de vencido el plazo para la presentación de las ofertas, toda vez que al tener ésta carácter serio y revocable, la entidad puede hacer efectiva la garantía de seriedad.
Respuesta directa y conclusiva a la consulta planteada, reforzando la posición sobre la imposibilidad de modificar la estructura del proponente plural una vez presentada la oferta.
MateriasConsorcios Y Uniones Temporales · Garantía De Seriedad De La Oferta · Consorcios · Promesa de sociedad futura · Uniones temporales · Contratación estatal · Oferta · Promesa Sociedades Futuras · Colombia Compra Eficiente · Finalidad · Garantía de seriedad · Guía de Asunto Corporativos en los Procesos de Contratación · Plazo · Presentación de ofertas · Retiro
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1596144114042-4201912000007420.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número4201912000007420
Fecha del documento13 de diciembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 3ced88b6fa37….

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