Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Registro Único de Proponentes: obligaciones de reporte de información contractual y requisitos habilitantes
2201913000009568 · 24 de diciembre de 2019Contratación estatalcapacidad financieraentidades estatalesregistro único de proponentesrequisitos habilitantesreporte de información contractualsuperintendencia de industria y comerciocontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Registro Único de Proponentes: obligaciones de reporte de información contractual y requisitos habilitantes |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la obligación de las entidades estatales de reportar información contractual a las Cámaras de Comercio para su incorporación en el Registro Único de Proponentes (RUP). Fija la posición de que esta obligación incluye no solo datos sobre contratos adjudicados, en ejecución y ejecutados, sino también actos administrativos que declaren caducidad, multas, sanciones o incumplimientos, así como inhabilidades derivadas de contratos. Precisa que el RUP es el medio exclusivo para acreditar requisitos habilitantes en procesos de contratación, salvo excepciones taxativas, y que su certificado tiene plena prueba. Además, conceptúa sobre los mecanismos de impugnación de inscripciones, la firmeza del acto y las consecuencias de irregularidades graves, como la cancelación del registro y la inhabilitación por cinco años. Finalmente, señala que las Unidades Administrativas Especiales de carácter técnico, científico y de investigación, al ser entidades estatales, deben cumplir con estas obligaciones. |
| Problema jurídico | Determinar el fundamento normativo de la obligación de las entidades estatales de reportar información contractual a las Cámaras de Comercio y los requisitos habilitantes para la inscripción en el Registro Único de Proponentes |
| Fragmentos citables | el Registro Único de Proponentes del contratista respectivo. REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES – Requisitos habilitantes – Acreditación – Plena prueba – Inscripción El Registro Único de Proponentes es el instrumento a través del cual los proponentes acreditan los requisitos habilitantes, esto es, la capacidad financiera, jurídica, organizacional y la experiencia y él es plena prueba de las circunstancias que en el respectivo certificado se hagan constar cualquier persona podrá interponer recurso de reposición ante la respectiva Cámara de Comercio, durante los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación, sin que para ello requiera demostrar interés alguno Si durante el desarrollo de un proceso de contratación una entidad estatal evidencie la “existencia de posibles irregularidades en el contenido de la información del RUP, que puedan afectar el cumplimiento de los requisitos exigidos al proponente dentro del proceso de que se trate, podrá suspender el proceso de selección e impugnar ante la Cámara de Comercio la inscripción”, en cuyo caso no tendrá que presentar caución. La Cámara de Comercio de que se trate tendrá un plazo de veinte (20) días. Vencido dicho término sin que se haya adoptado una decisión, “la entidad reanudará el proceso de selección de acuerdo con la información certificada en el RUP |
| Materias | Capacidad Financiera · Entidades Estatales · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Reporte de información contractual · Superintendencia de industria y comercio · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1596636862978-4201912000007663.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4a42ac50da87….
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