Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Libreta militar – exigibilidad para contratos de prestación de servicios con entidades estatales

2201913000009636 · 26 de diciembre de 2019

EpígrafeLibreta militar – exigibilidad para contratos de prestación de servicios con entidades estatales
Resumen

Este documento conceptúa sobre la exigibilidad de la situación militar para la celebración de contratos de prestación de servicios con entidades estatales por parte de personas naturales. Fija la posición de que los varones mayores de edad deben haber definido su situación militar antes de celebrar tales contratos, y que las entidades públicas tienen el deber de verificar este requisito mediante la presentación de la tarjeta de reservista militar o el certificado digital. Precisa que el plazo de 18 meses para definir la situación militar solo aplica a personas declaradas no aptas, exentas o que hayan superado la edad máxima de incorporación a filas, excluyendo a quienes se encuentren en estado 'En liquidación – No liquidado'. Además, señala que las entidades que incumplan esta obligación pueden ser sancionadas con multas equivalentes a cinco salarios mínimos legales mensuales por cada trabajador en esta condición, salvo las excepciones previstas. La respuesta se fundamenta en los artículos 11, 35, 40, 42 y 46 de la Ley 1861 de 2017, así como en pronunciamientos de la Corte Constitucional y en la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente.

Problema jurídico

Determinar si las entidades públicas pueden celebrar contratos de prestación de servicios con personas naturales cuyo estado de situación militar se encuentre 'en liquidación – no liquidado'

Fragmentos citables
los varones mayores de edad, al momento de celebrar un contrato de prestación de servicios con una entidad estatal, entre otros los municipios, se encuentran en el deber de haber solucionado o definido su situación militar; y la entidad estatal, por su parte, tiene el deber de verificar que la situación militar del contratista varón se encuentre definida a través de uno de los precitados documentos legalmente exigidos.
Establece el deber de definición previa de la situación militar y la obligación de verificación por parte de la entidad estatal, núcleo central del concepto.
El artículo 42 de la Ley 1861 de 2017 permite el acceso temporal a un empleo (por 18 meses) a un determinado grupo de personas que no ha culminado el proceso requerido para definir su situación militar, pero que por diversos motivos ha quedado liberado de su deber de prestación física. Según se desprende del Capítulo Segundo, del Título Segundo, de la Ley 1861 de 2017, la definición de la situación militar es un proceso que inicia con la inscripción que realiza la Organización de Reclutamiento y Movilización (art. 17 de la Ley 1861 de 2017) y que culmina con el pago de la cuota de compensación militar, cuando no se está exonerado de esta (arts. 26 a 28 de la Ley 1861 de 2017).
Explica el alcance del plazo de 18 meses y los supuestos de hecho que lo justifican, aclarando su aplicación limitada.
Las Entidades Estatales, al momento de celebrar un contrato de prestación de servicios con una persona natural, deben verificar que la situación militar del futuro contratista se encuentra definida, a través de la tarjeta de reservista o el certificado digital del que habla el artículo 40 de la Ley 1861 de 2017.
Reitera la regla de verificación y los documentos válidos para acreditar la situación militar, reforzando el deber de las entidades.
MateriasContrato De Prestación De Servicios · Entidades Estatales · Libreta Militar · Situación militar definida · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201912000007914.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000009636
Fecha del documento26 de diciembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5ce2825be04e….

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