Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Subsanabilidad del requisito habilitante de capacidad residual y análisis de causal de rechazo por inconsistencias en información financiera

2201913000006054 · 21 de agosto de 2019

EpígrafeSubsanabilidad del requisito habilitante de capacidad residual y análisis de causal de rechazo por inconsistencias en información financiera
Resumen

El documento conceptúa la posición interpretativa de Colombia Compra Eficiente sobre el alcance de los requisitos para acreditar la capacidad residual en procesos de contratación pública de obras, así como el régimen de subsanabilidad aplicable y las consecuencias de inconsistencias en la información financiera presentada por los proponentes. Fija que la capacidad residual, definida como la aptitud para cumplir oportunamente un contrato sin afectar compromisos previos, es un requisito habilitante susceptible de subsanación durante el traslado del informe de evaluación, siempre que no haya sido aportada previamente en el Registro Único de Proponentes (RUP). Establece que las entidades solo podrán requerir documentos faltantes —como firmas de auditores o certificados de antecedentes— dentro del término de traslado, y que su no presentación conlleva el rechazo de la oferta. Además, precisa que las inconsistencias en la información financiera no configuran conflicto de interés, pero sí permiten a la entidad verificar su veracidad, considerar el requisito como no acreditado o, en caso de presunta falsedad, rechazar la oferta y remitir copias a autoridades competentes.

Problema jurídico

Determinar si las entidades estatales pueden requerir información adicional para acreditar la capacidad residual cuando no está incluida en el RUP y si inconsistencias en información financiera configuran causal de rechazo por conflicto de interés

Fragmentos citables
El artículo 2.2.1.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015, en razón a la facultad otorgada por la Ley el Gobierno, establece que el interesado en celebrar contratos de obra pública acreditará su capacidad residual con los siguientes documentos: i) la lista de los contratos de obras civiles en ejecución suscritos con entidades estatales y con entidades privadas, ii) la lista de contratos de obras civiles en ejecución, suscritos por sociedades, consorcios o uniones temporales, en los cuales el proponente tenga participación, con entidades estatales y con entidades privadas, y, finalmente, iii) el balance general auditado del año inmediatamente anterior y estado de resultados auditado del año en que haya obtenido el mayor ingreso operacional en los últimos cinco (5) años.
Establece los documentos específicos que deben presentarse para acreditar la capacidad residual, base normativa central del concepto.
Con respecto a la acreditación de la capacidad residual, cómo su acreditación no se realiza conforme al contenido del RUP, las entidades estatales deberán exigir los documentos previstos en el artículo 2.2.1.1.1.6.4 del Decreto 1082 de 2015, siempre y cuando no sea información que el proponente haya aportado con anterioridad para hacer la inscripción del RUP para acreditar los otros requisitos habilitantes.
Delimita la obligación de las entidades de exigir documentos adicionales para la capacidad residual, excluyendo información ya aportada en el RUP.
MateriasCapacidad Residual · Conflicto De Interés · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Subsanabilidad · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201913000004724.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000006054
Fecha del documento21 de agosto de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2ef751b5bdcc….

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