Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Supervisión e interventoría de contratos – Obligación de las entidades contratantes – Apoyo a la supervisión

EpígrafeSupervisión e interventoría de contratos – Obligación de las entidades contratantes – Apoyo a la supervisión
Resumen

El documento conceptúa la posición de la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente sobre dos aspectos clave en materia contractual: i) la obligación de las entidades estatales de ejercer directamente la supervisión de sus contratos, pudiendo contratar apoyo especializado mediante prestación de servicios pero sin delegar la función misma, y ii) la aplicabilidad de la prohibición de celebrar convenios interadministrativos con ejecución de recursos públicos durante la Ley de Garantías, aclarando que esta restricción solo aplica a entidades territoriales o descentralizadas del orden municipal, departamental o distrital, sin afectar a las entidades nacionales ni las demás modalidades de contratación directa. La autoridad fundamenta su postura en la Ley 1474 de 2011, la jurisprudencia del Consejo de Estado y el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, precisando los límites entre funciones propias de los funcionarios públicos y las actividades delegables a contratistas.

Problema jurídico

Determinar si una entidad pública puede designar como supervisores de sus contratos o convenios a personas vinculadas mediante contrato de prestación de servicios, o si esa función corresponde exclusivamente a servidores públicos.

Fragmentos citables
“Se considera supervisor al funcionario de la Entidad pública que desarrolle la vigilancia de los contratos de esta última, sin perjuicio de que esa labor se pueda apoyar a través de contratos de prestación de servicios, pero no para asumir la supervisión, so pena de variar de una consultoría a otra tipología diferente y, por consiguiente, de eludir procesos de selección. Por su parte, se hablará de interventor cuando se trate de una vigilancia externa o contratada”
Refuerza la distinción entre la función pública de supervisión y las actividades delegables a contratistas, citando al Consejo de Estado.
MateriasApoyo A La Supervisión · Contratación Directa · Contratos Interadministrativos · Ley De Garantías Electorales · Supervisión contractual · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201913000004799.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 208eca6d8429….

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