Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Subasta inversa en SECOP II: procedimiento, apertura de sobres y manejo de fallas técnicas
4201913000004920 · 20 de agosto de 2019Contratación estatalsecop iisubasta inversaapertura de sobresfallas técnicas en subastaprocedimiento de contratacióncontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Subasta inversa en SECOP II: procedimiento, apertura de sobres y manejo de fallas técnicas |
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| Resumen | Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente como ente rector de la contratación pública, conceptúa sobre el alcance y regulación de la subasta inversa en el SECOP II, tanto en su modalidad presencial como electrónica. Fija la posición de que la entidad estatal tiene autonomía para elegir el mecanismo, pero si opta por la modalidad electrónica debe sujetarse a los términos y condiciones de la plataforma, los cuales se ajustan a la normativa vigente. Precisa que la responsabilidad sobre el manejo de las cuentas y procesos en el SECOP II recae exclusivamente en el usuario administrador de la entidad estatal, no en la Agencia. Además, establece que la apertura de sobres en la subasta inversa debe realizarse de manera diferenciada: los sobres habilitante y técnico pueden abrirse y publicarse inmediatamente al cierre del proceso, mientras que el sobre económico solo puede abrirse hasta antes de la adjudicación, para garantizar la libre competencia y evitar la identificación anticipada de las ofertas. También conceptúa sobre los protocolos para manejar fallas técnicas en la plataforma y las consecuencias de la pérdida de conexión durante la subasta electrónica, remitiendo a las disposiciones del Decreto 1082 de 2015. |
| Problema jurídico | Determinar si la subasta inversa puede adelantarse de forma presencial y qué consecuencias tiene, conforme al artículo 2.2.1.2.1.2.6 del Decreto 1082 de 2015, la pérdida de conexión del proveedor durante la subasta inversa electrónica en el SECOP II. |
| Fragmentos citables | Colombia Compra Eficiente, como ente rector de la contratación pública, es la administradora de las tres plataformas que lo componen, SECOP I, SECOP II y la TVEC, por ende y respecto al SECOP II el manejo de cada cuenta y de sus procesos de contratación es exclusiva responsabilidad del usuario administrador. La entidad estatal tiene autonomía para escoger si va a utilizar el mecanismo de subasta de manera presencial o electrónica. En caso de escoger la subasta electrónica debe sujetarse a los términos y condiciones del SECOP II, los cuales están acorde a las leyes de contratación pública de Colombia. Respecto de la apertura de sobres y la publicación de las ofertas en el SECOP II, la plataforma permitir abrir los sobres en momento diferentes, es decir, se puede abrir el sobre habilitante y técnico inmediatamente, sin embargo, el sobre económico solo puede abrirse hasta antes de la adjudicación ya que, por disposición del artículo 2.2.1.2.1.2.3 del Decreto 1082 de 2015, señala que la entidad estatal debe estructurar la subasta inversa de modo que hasta antes de la adjudicación los participantes de la subasta no identifiquen las ofertas y los lances con el oferente que los presenta. |
| Materias | Secop Ii · Subasta Inversa · Apertura de sobres · Fallas técnicas en subasta · Procedimiento de contratación · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201913000004928.docx |
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