Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Proceso de selección de mínima cuantía – régimen jurídico y procedimientos

4201913000005160 · 9 de septiembre de 2019

EpígrafeProceso de selección de mínima cuantía – régimen jurídico y procedimientos
Resumen

El documento conceptúa sobre la procedencia de realizar la apertura pública de las ofertas en los procesos de mínima cuantía, precisando que la normativa no impone esta obligación de manera expresa. La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente fija la posición de que, aunque no existe un mandato legal que exija la apertura en acto público, las entidades estatales deben garantizar los principios de transparencia y publicidad en sus actuaciones. Para ello, recomienda dos procedimientos diferenciados según la plataforma utilizada: en SECOP I, sugiere realizar la apertura en presencia de proponentes o veedores y elaborar un acta de cierre con información detallada; en SECOP II, la publicación de la lista de oferentes en la plataforma cumple la función de acta de cierre, sin necesidad de audiencia pública. La fundamentación se basa en los principios constitucionales y legales de transparencia, publicidad y contratación pública electrónica, así como en la normativa que regula la publicidad de los actos contractuales.

Problema jurídico

Determinar si la apertura de las ofertas en procesos de mínima cuantía debe realizarse en presencia de los oferentes o de manera pública

Fragmentos citables
Conforme a lo anterior, la normativa del sistema de compra pública no establece ni el momento en el cual las entidades estatales deben realizar el cierre de sus procesos de contratación y la apertura de las ofertas, ni tampoco si la apertura de las ofertas debe hacerse en presencia de los oferentes o acto público. Esto significa que la norma no previó esta actuación, y que de manera expresa no existe esta obligación.
Establece la regla central del documento: la normativa no exige apertura pública en procesos de mínima cuantía, pero sí recomienda garantizar transparencia.
Cuando el proceso de selección se adelanta en el SECOP I, y el término para presentar ofertas ha vencido, se recomienda que la entidad estatal debe realizar la apertura de las propuestas en presencia de los proponentes o veedores que deseen asistir, y elaborar un acta de cierra en la cual conste la fecha y hora de recibo de las ofertas, indicando el nombre o razón social de los oferentes y sus representantes legales.
Detalla la recomendación para procesos en SECOP I, incluyendo el procedimiento sugerido para garantizar transparencia.
Cuando el proceso de selección se publica en la plataforma transaccional SECOP II, la publicación de la lista de oferentes hace las veces de acta de cierre, la cual es generada por la plataforma, por lo cual no se requiere de la presencia de los proponentes, y la entidad estatal es quien hace la publicación de la lista de oferentes.
Explica el procedimiento alternativo para procesos en SECOP II, donde la plataforma cumple la función de acta de cierre.
La normativa del sistema de compra pública no exige que la apertura de las ofertas de los procesos de mínima cuantía se realice en presencia de los oferentes o de manera pública. Sin embargo, con la finalidad de garantizar los principios de transparencia y publicidad las entidades estatales deberían realizar la apertura de las ofertas de manera pública.
Resume la posición final de la autoridad: no hay obligación legal, pero se recomienda apertura pública para cumplir con los principios de transparencia y publicidad.
MateriasEstudios Previos · Mínima Cuantía · Principio De Publicidad · Publicidad · Secoi · Secoii · Transparencia · Contratación estatal · Principio De Transparencia · Proceso De Selección De Mínima Cuantía · Secop I · Secop Ii
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1607965671669-4201913000005162.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número4201913000005160
Fecha del documento9 de septiembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 95538ce28c4d….

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