Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Medidas de austeridad – entidades territoriales – suscripción – contrato de alojamiento y alimentación para planeación o revisión de funciones – prohibición
2201913000007770 · 17 de octubre de 2019Contratación estatalautonomía territorialautonomía universitariamedidas de austeridad del gastorégimen especial de contratacióncontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Medidas de austeridad – entidades territoriales – suscripción – contrato de alojamiento y alimentación para planeación o revisión de funciones – prohibición |
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| Resumen | El documento, suscrito por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la aplicabilidad de las medidas de austeridad en contratación pública contenidas en el artículo 2.8.4.6.2 del Decreto 1068 de 2015 a las instituciones públicas de educación superior de orden territorial. Fija la posición de que esta disposición no les es aplicable directamente, pues su régimen especial de contratación —regido por normas de derecho privado— y su autonomía presupuestal y contractual las eximen de dichas restricciones. No obstante, reconoce que estas entidades pueden adoptar medidas equivalentes en ejercicio de su autonomía. Además, precisa que, en caso de requerir servicios de alojamiento o alimentación para desarrollar, planear o revisar funciones propias, deben ajustarse a lo dispuesto en sus manuales de contratación, sin sujetarse a las modalidades de selección de la Ley 1150 de 2007. El fundamento se sustenta en la autonomía universitaria reconocida en la Constitución y la Ley 30 de 1992, así como en la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado que delimita su régimen jurídico frente al Estado. |
| Problema jurídico | Determinar si el artículo 2.8.4.6.2 del Decreto 1068 de 2015 es aplicable a instituciones públicas de educación superior de orden territorial y, en caso negativo, cuál es el régimen de contratación aplicable |
| Fragmentos citables | En atención a su autonomía, los entes universitarios no están obligados a aplicar las modalidades de selección de contratistas dispuestas por el artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, en consecuencia, pueden seleccionar a sus contratistas según determinen sus estatutos o su manual de contratación. |
| Materias | Autonomía territorial · Autonomía universitaria · Medidas de austeridad del gasto · Régimen especial de contratación · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201913000005208.docx |
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