Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Experiencia de socios en sociedades con menos de tres años de constitución y su validez tras superar ese plazo

2201913000007863 · 21 de octubre de 2019

EpígrafeExperiencia de socios en sociedades con menos de tres años de constitución y su validez tras superar ese plazo
Resumen

Este documento conceptúa sobre la validez de la experiencia de socios, accionistas o constituyentes transferida a una sociedad inscrita en el Registro Único de Proponentes (RUP) cuando esta supera los tres años de constitución. La Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente fija la posición de que, si la experiencia fue registrada en el RUP y este se renueva oportunamente, la sociedad puede continuar utilizando dicha experiencia incluso después de cumplirse el plazo de tres años, pues la finalidad de la norma es incentivar la competencia y la pluralidad de oferentes en la contratación estatal. Se precisa que la experiencia no pierde validez por el solo transcurso del tiempo, sino que depende de la vigencia del RUP y de la actualización continua del registro. Además, se señala que las entidades estatales deben admitir esta experiencia en sus procesos de contratación, salvo que el RUP haya cesado sus efectos por falta de renovación.

Problema jurídico

¿Puede una entidad estatal descalificar la experiencia de una persona jurídica registrada en el RUP, proveniente de sus socios, accionistas o constituyentes, si la sociedad superó los tres años de constitución?

Fragmentos citables
En este sentido, si bien la norma no determina si después de tres (3) años de constituida la persona jurídica, la experiencia que fue aportada por los socios, accionistas o constituyentes sigue siendo válida o la entidad la puede rechazar, la Agencia Nacional de Contratación Pública recomienda que la experiencia de los socios, accionistas o constituyentes que fue aportada a la persona jurídica siga siendo válida, toda vez que de esta forma se garantiza la pluralidad de oferentes en el proceso de contratación.
Presenta la posición interpretativa final de la Agencia, que prioriza la finalidad de la norma sobre la literalidad del plazo.
MateriasDecreto 1082 De 2015 · Registro Único De Proponentes /rup · Experiencia de socios · Pluralidad de oferentes · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597869365495-4201913000006173.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000007863
Fecha del documento21 de octubre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: abbe1c61a583….

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