Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Requisitos habilitantes y calificación en contratación estatal

2201913000009295 · 16 de diciembre de 2019

EpígrafeRequisitos habilitantes y calificación en contratación estatal
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – conceptúa sobre los requisitos habilitantes, la calificación de ofertas, la subsanabilidad y la consulta de antecedentes disciplinarios en los procesos de contratación estatal. Fija la posición de que los requisitos habilitantes miden la aptitud del proponente para cumplir el objeto contractual, referidos a su capacidad jurídica, financiera, organizacional y experiencia, y deben ser proporcionales a la naturaleza del contrato. Precisa que el Registro Único de Proponentes es el medio idóneo para acreditar dichos requisitos, salvo cuando el objeto del contrato requiera verificaciones adicionales, las cuales deben realizarse directamente por la entidad. Señala que los requisitos de calificación dependen de la modalidad de selección y deben ser definidos por las entidades estatales según las condiciones del contrato, sin posibilidad de subsanación una vez vencido el plazo para presentar ofertas. Respecto a la subsanabilidad, establece que solo son subsanables aquellos requisitos que no afecten la asignación de puntaje o la comparación de ofertas, dentro de plazos específicos según la modalidad de selección, y que la falta de subsanación conlleva al rechazo de la oferta. Finalmente, conceptúa que las entidades estatales deben consultar los antecedentes disciplinarios de los oferentes para determinar su capacidad jurídica, pero la entrega del certificado por el proponente no es un requisito habilitante ni de calificación, salvo en casos específicos de inhabilidades derivadas de sanciones contractuales.

Problema jurídico

Determinar si una persona jurídica puede suscribir un contrato con una entidad del Estado sin contar con el certificado de antecedentes disciplinarios, y qué papel cumple ese documento en la verificación de la capacidad para contratar.

Fragmentos citables
La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – en el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en los Procesos de Contratación precisó que estos tienen como fin primordial medir “la aptitud del proponente para participar en un Proceso de Contratación como oferente y están referidos a su capacidad jurídica, financiera, organizacional y su experiencia”. Su propósito es “establecer unas condiciones mínimas para los proponentes de tal manera que la Entidad Estatal sólo evalúe las ofertas de aquellos que están en condiciones de cumplir con el objeto del Proceso de Contratación”.
Define la finalidad y alcance de los requisitos habilitantes, base para entender su aplicación en los procesos de contratación.
El Registro Único de Proponentes es el instrumento a través del cual los proponentes acreditan la capacidad financiera, jurídica, organizacional y la experiencia y él es plena prueba de las circunstancias que en el respectivo certificado se hagan constar. En consecuencia, las entidades estatales en los procesos de contratación no podrán exigir, ni los proponentes aportar documentación que deba utilizarse para efectuar la inscripción en el registro”. Lo anterior sin perjuicio de que “por las características del objeto a contratar se requiera la verificación de requisitos del proponente adicionales a los contenidos en el registro”, caso en el cual, “la entidad podrá hacer tal verificación en forma directa”.
Establece el Registro Único de Proponentes como medio exclusivo para acreditar requisitos habilitantes, salvo excepciones justificadas.
La subsanabilidad es, sin duda, uno de los temas más controversiales que existen en materia de contratación estatal en la medida en que i) ha existido un constante tránsito legislativo sobre la materia, materializado en la regulación que al efecto se fijó en la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2017 y la Ley 1882 de 2018 y ii) la interpretación dada a su contenido por parte de los jueces, los órganos de control y los operadores contractuales en general que no ha sido pacífica, y por el contrario ha sido errática y en algunos casos, no pocos, contradictoria.
Contextualiza la complejidad normativa y jurisprudencial sobre la subsanabilidad, clave para entender su regulación actual.
En opinión de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente – las entidades estatales deben consultar los antecedentes disciplinarios de los oferentes con el objetivo de determinar su capacidad jurídica. Sin perjuicio de ello, la entrega de dicho certificado por el proponente no constituye un requisito habilitante ni de calificación cuya ausencia conlleve a la imposibilidad de contratar con el Estado.
Fija la posición sobre la consulta de antecedentes disciplinarios como facultad de la entidad, pero no como requisito obligatorio para el proponente.
MateriasCapacidad Jurídica · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Subsanabilidad · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/4201913000007153.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Número2201913000009295
Fecha del documento16 de diciembre de 2019
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ee3d00f0a789….

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