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Ley de Garantías Electorales – Restricciones a la contratación estatal en período preelectoral y modificaciones transitorias por la Ley 2159 de 2021
P20220104000037 · 16 de febrero de 2022Contratación estatalcontratación estatalcontratos y convenios interadministrativosconvenios interadministrativosley 2159 de 2021ley de garantías electoralesgarantías electoralesmodificación de la ley 2159 de 2021Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de Garantías Electorales – Restricciones a la contratación estatal en período preelectoral y modificaciones transitorias por la Ley 2159 de 2021 |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de las restricciones establecidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) y sus modificaciones temporales introducidas por la Ley 2159 de 2021 (Ley Anual de Presupuesto). Fija la posición de que la Ley de Garantías Electorales persigue garantizar condiciones de igualdad y transparencia en los procesos electorales, mediante limitaciones a la contratación pública y a la celebración de convenios interadministrativos durante los cuatro meses previos a las elecciones. Precisa que, para elecciones presidenciales, se prohíbe la contratación directa (entendida como cualquier sistema sin convocatoria pública ni pluralidad de oferentes) a todos los entes del Estado, salvo excepciones taxativas como defensa, emergencias o reconstrucción. Para otros cargos de elección popular, la restricción aplica solo a autoridades territoriales específicas y prohíbe convenios interadministrativos con ejecución de recursos públicos. Además, señala que la modificación transitoria de 2021 suspendió parcialmente la prohibición del parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, permitiendo convenios interadministrativos entre la Nación y entidades territoriales para proyectos de inversión incluidos en el Presupuesto General de la Nación durante la vigencia fiscal 2022, sin afectar las restricciones del artículo 33 para elecciones presidenciales. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de las restricciones a la contratación estatal durante el período preelectoral, especialmente en relación con los convenios interadministrativos y las modificaciones introducidas por la Ley 2159 de 2021 (Ley Anual de Presupuesto 2022). |
| Fragmentos citables | la Ley 996 de 2005, conocida como «Ley de Garantías Electorales», se suma al andamiaje de orden constitucional y legal que se ha ocupado de evitar la injerencia inadecuada de intereses particulares en el ejercicio de la función pública. Esta ley tiene como propósito evitar cualquier tipo de arbitrariedad, de ventaja injustificada, de uso irregular de los recursos del Estado en las campañas o falta de garantías en la elección presidencial. la prohibición del artículo 33 de la Ley de Garantías Electorales se refiere a «cualquier sistema que no implique convocatoria pública y posibilidad de pluralidad de oferentes», por lo que excluye las demás modalidades de contratación previstas en la Ley 1150 de 2007, es decir, la licitación pública, la selección abreviada, el concurso de méritos, la mínima cuantía u otros previstos en normas especiales. |
| Materias | Contratación Estatal · Contratos Y Convenios Interadministrativos · Convenios Interadministrativos · Ley 2159 De 2021 · Ley De Garantías Electorales · Garantías electorales · Modificación De La Ley 2159 De 2021 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1650385203844-1646233776968-C-005.docx |
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