Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Garantía de seriedad de la oferta: vigencia, subsanabilidad y alcance
P20210105000050 · 16 de febrero de 2021Contratación estatalgarantía de seriedadsubsanabilidadvigencia de garantíascontratación estatalejecución contractualseriedad de la ofertaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Garantía de seriedad de la oferta: vigencia, subsanabilidad y alcance |
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| Resumen | Este documento, expedido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la finalidad, vigencia y subsanabilidad de la garantía de seriedad de la oferta en los procesos de contratación estatal. Fija la posición de que esta garantía respalda el principio de irrevocabilidad de la oferta, asegurando que los proponentes mantengan su compromiso durante el proceso precontractual y respondan por perjuicios en caso de retiro. Precisa que su vigencia debe cubrir desde la presentación de la propuesta hasta la aprobación de la garantía única de cumplimiento, con un valor mínimo del 10% del valor de la oferta, aunque admite estimaciones razonables según el cronograma del proceso. Señala que la no presentación de la garantía junto con la oferta es insubsanable y causal de rechazo, mientras que errores en su contenido o vigencia pueden subsanarse hasta el traslado del informe de evaluación. Además, distingue entre solicitudes de subsanación y ampliación de la garantía, aclarando que estas últimas no obligan al proponente cuando no están expresamente reguladas, evitando así el rechazo de la oferta por incumplimiento en estos casos. |
| Problema jurídico | Determinar si la garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente al momento de la audiencia pública de adjudicación y si su falta de actualización constituye causal de rechazo o es subsanable. |
| Fragmentos citables | Esta garantía respalda al principio de irrevocabilidad de la oferta, caso en el cual los proponentes que pierdan interés en la adjudicación resarcirán los perjuicios causados por su retiro del proceso de selección. Naturalmente, esta garantía solo la constituyen quienes presenten oferta, motivo por el cual sus efectos no se extienden a personas ajenas a la actividad precontractual; sin perjuicio de que la póliza sea un mecanismo conminatorio, en la medida en que obliga a celebrar el contrato, so pena de hacerla efectiva. |
| Materias | Garantía De Seriedad · Subsanabilidad · Vigencia de garantías · Contratación estatal · Ejecución contractual · Seriedad De La Oferta |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1617725965553-C-010.docx |
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