Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Fuentes del derecho y naturaleza de los manuales de contratación en el sistema de contratación estatal

P20210107000095 · 10 de febrero de 2021

EpígrafeFuentes del derecho y naturaleza de los manuales de contratación en el sistema de contratación estatal
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la naturaleza jurídica de los manuales de contratación expedidos por las entidades estatales y su fundamento legal vigente. Fija la posición de que estos manuales son, por regla general, reglamentos secundum legem de tercer grado, subordinados a la ley, al Decreto 1082 de 2015 y a los lineamientos de Colombia Compra Eficiente. Precisa que, aunque el gobierno nacional conserva la potestad reglamentaria, las entidades estatales tienen competencia reglamentaria subordinada para expedir dichos manuales, siempre que respeten la reserva de ley y no regulen materias reservadas al legislador, como requisitos de validez contractual o inhabilidades. Además, señala que el artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015, que exige la expedición de manuales de contratación, se presume vigente y legal hasta tanto no sea anulado por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

Problema jurídico

Determinar el fundamento legal que exige a las entidades estatales contar con manuales de contratación y su vigencia tras la presunta nulidad del artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015

Fragmentos citables
El sistema de fuentes del derecho de la contratación estatal está integrado por un conjunto variado de disposiciones normativas previstas en la Constitución, la ley, el reglamento, actos administrativos no reglamentarios, la jurisprudencia, los principios generales del derecho, los tratados internacionales, los acuerdos marco, la doctrina, e incluso, en los últimos tiempos, en enunciados de soft law –derecho blando o no vinculante–.
Establece el marco general de fuentes del derecho aplicables a la contratación estatal, base para entender la naturaleza de los manuales de contratación como actos administrativos generales.
Los manuales de contratación expedidos internamente por las entidades estatales, sometidas o no al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, son, por regla general, reglamentos secundum legem. Ello por cuanto se trata de actos administrativos generales que tienen por objeto establecer los mecanismos que permitan el cumplimiento de las disposiciones señaladas en la Ley.
Define la naturaleza jurídica de los manuales de contratación como reglamentos secundum legem, subordinados a la ley y a otros reglamentos superiores, clave para su aplicación y validez.
El carácter reglamentario de los manuales de contratación de las entidades estatales ha sido reconocido y reiterado por la Sección Tercera del Consejo de Estado en varias oportunidades. Si bien ha indicado que el gobierno nacional no puede renunciar a su potestad reglamentaria para entregársela a las entidades estatales, a fin de que estas la ejerzan mediante la expedición de manuales de contratación, ha admitido que aquellas tienen también competencia reglamentaria, aunque subordinada.
Refuerza la validez de los manuales de contratación como actos administrativos con respaldo jurisprudencial, destacando su carácter subordinado a la potestad reglamentaria del gobierno nacional.
Las entidades estatales que se rigen por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública deben expedir un manual de contratación, que tiene la naturaleza jurídica de un reglamento, en el que deben acoger tanto lo establecido en la ley, como en el Decreto 1082 de 2015, en normas que lo modifiquen o complementen, así como en los lineamientos expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente.
Resume la obligación legal de expedir manuales de contratación y su fundamento normativo, incluyendo la subordinación a los lineamientos de Colombia Compra Eficiente.
MateriasAiu · Contratación Estatal · Decreto 1082 De 2015 · Potestad Reglamentaria · Fuentes del derecho · Manuales de contratación · Reglamentos secundum legem · Manual De Contratación · Reglamento · Praeter legen
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1650396083908-1628528491533-C-014-1.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-014 de 2021
NúmeroP20210107000095
Fecha del documento10 de febrero de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5342f9cd315e….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com