Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Seguridad social ‒ pago de aportes ‒ acreditación ‒ certificación ‒ revisor fiscal ‒ representante legal
2202013000002219 · 26 de marzo de 2020Contratación estatalacreditacióncertificacióndocumentos tipolicitación públicaseguridad socialformato 6pago de aportesproponentes pluralesrepresentante legalrevisor fiscalcontratación estataldiligenciamientopersona naturalplanilla de pagoversión 1Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Seguridad social ‒ pago de aportes ‒ acreditación ‒ certificación ‒ revisor fiscal ‒ representante legal |
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| Resumen | Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el diligenciamiento del Formato 6 — Pagos de seguridad social y aportes legales— en procesos de contratación pública, precisando los requisitos para acreditar el pago al sistema de seguridad social por parte de personas naturales, jurídicas y proponentes plurales (consorcios o uniones temporales). Fija la posición de que cada integrante de un proponente plural debe acreditar por separado el cumplimiento de sus obligaciones en seguridad social, mientras que el representante del consorcio o unión temporal debe certificar el pago del personal directamente vinculado a la figura asociativa. Para personas naturales, se exige la presentación del Formato 6 junto con las planillas de pago correspondientes, aceptando tanto las emitidas por el empleador directo como por el proponente plural. Además, aclara que las declaraciones de no tener personal vinculado en el Formato 6 no son válidas si el proponente plural mantiene contratos vigentes con trabajadores. El fundamento normativo se basa en la Ley 789 de 2002, el Documento Base de Licitación Pública de Infraestructura de Transporte Versión 1 y jurisprudencia del Consejo de Estado que enfatiza la obligación estatal de verificar el cumplimiento de aportes parafiscales durante todo el proceso contractual. |
| Problema jurídico | Acreditación del pago al sistema de seguridad social por parte de proponentes plurales, personas naturales y jurídicas en procesos de contratación pública |
| Fragmentos citables | Como el Documento Base no distingue cuál planilla de pago debe presentar la persona natural, es válida la pagada directamente tanto por el empleador como por el proponente plural. Ahora, en caso de que este último presente oferta y uno de sus integrantes sea una persona natural, basta la presentación de la planilla pagada directamente por el consorcio o unión temporal para cumplir el requisito exigido en el Documento Base. |
| Materias | Acreditación · Certificación · Documentos Tipo · Licitación Pública · Seguridad Social · Formato 6 · Pago de aportes · Proponentes plurales · Representante legal · Revisor fiscal · Contratación estatal · Diligenciamiento · Persona natural · Planilla de pago · Versión 1 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1596745246010-C-024-de-2020.docx |
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