Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Incompatibilidad para exservidores públicos de nivel asesor en contratación estatal
P20250114000285 · 27 de febrero de 2025Contratación estatalcontratación estataldecreto ley 4170 de 2011inhabilidadesresolución 1707 de 2018servidores públicosconstitución política de 1991exservidores públicosincompatibilidadesley 80 de 1993inhabilidades e incompatibilidadescargo directivoconceptocontratación directa e indirectaelemento temporal (1) un añoelemento temporal (2) dos añosexservidor públicointerpretación restrictivaley 80 de 1993 – numeral 2, literal a)niveles directivo, asesor o ejecutivono en persona jurídicanumeral 1, literal f)numeral 2, literal f)principio de legalidadrecae en persona naturalservidor públicosociedadesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Incompatibilidad para exservidores públicos de nivel asesor en contratación estatal |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la incompatibilidad prevista en el literal a) del numeral 2 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993 para exservidores públicos de nivel asesor, directivo o ejecutivo. Fija la posición de que la incompatibilidad se configura únicamente cuando concurran los elementos materiales (vinculación como servidor público en los niveles mencionados o como miembro de junta o consejo directivo de la entidad contratante) y temporales (retiro dentro del año inmediatamente anterior a la celebración del contrato), aplicando un criterio de interpretación restrictiva. Además, precisa que esta restricción opera exclusivamente respecto de la entidad contratante a la que estuvo vinculado el exservidor, sin extenderse a otras entidades del mismo sector, y que corresponde a la entidad estatal determinar en cada caso concreto el cumplimiento de los supuestos. El documento fundamenta su postura en el principio de legalidad, la Constitución Política y la jurisprudencia constitucional, destacando que la medida busca garantizar los principios de igualdad, transparencia y moralidad en la contratación pública. |
| Problema jurídico | Determinar si existe inhabilidad o incompatibilidad para exservidores públicos de nivel asesor de una entidad pública para ser contratista del Estado después de la dejación del cargo |
| Fragmentos citables | Dichas prohibiciones pretenden, entre otros aspectos, evitar que personas que ostentaron cargos a los que alude la norma, saquen ventaja o provecho de dicha situación respecto de los demás participantes, o que puedan ejercer influencia en la celebración del contrato, violando los principios de igualdad, objetividad, moralidad y transparencia, los cuales justifican la limitación en el ejercicio de ciertas actividades por los servidores públicos durante y aún después de la dejación de sus correspondientes cargos. |
| Materias | Contratación Estatal · Decreto Ley 4170 de 2011 · Inhabilidades · Resolución 1707 de 2018 · Servidores Públicos · Constitución política de 1991 · Exservidores públicos · Incompatibilidades · Ley 80 de 1993 · Inhabilidades E Incompatibilidades · Cargo Directivo · Concepto · Contratación directa e indirecta · Elemento temporal (1) un año · Elemento temporal (2) dos años · Exservidor público · Interpretación restrictiva · Ley 80 de 1993 – Numeral 2, literal A) · Niveles directivo, asesor o ejecutivo · No en persona jurídica · Numeral 1, literal f) · Numeral 2, literal F) · Principio de legalidad · Recae en persona natural · Servidor público · Sociedades |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-034-1.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 1cbe30ecf625….
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