Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación
P20230225001750 · 12 de abril de 2023Contratación estatalcriterios diferencialesdecreto 1860 de 2021ley 2069 de 2020emprendimientos de mujeresidentidad de génerocontratación estatalley de emprendimientoartículo 2.2.1.2.4.2.14artículo 32condiciónemprendimientos y empresas de mujeresempresas de mujeresfinalidadnecesidad de reglamentaciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres en la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación |
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| Resumen | Este documento conceptúa la posición interpretativa de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente sobre la aplicación de los criterios diferenciales para emprendimientos y empresas de mujeres establecidos en el artículo 32 de la Ley 2069 de 2020, reglamentados por el Decreto 1860 de 2021, y su relación con el derecho fundamental a la identidad de género. Fija que la vigencia de estos criterios diferenciales, que incluyen requisitos y puntajes adicionales en procesos de contratación pública, está condicionada a la reglamentación previa y se aplica desde el 24 de marzo de 2022. Precisa que la definición de emprendimientos y empresas de mujeres se estructura en cuatro alternativas, destacando dos: i) que más del 50% de los empleos del nivel directivo sean ejercidos por mujeres vinculadas al menos un año antes del cierre del proceso, acreditado mediante certificación del representante legal y revisor fiscal con soportes documentales; y ii) que la persona natural sea mujer y haya ejercido actividades comerciales a través de un establecimiento de comercio durante al menos el último año, demostrado con cédula y registro mercantil. Señala que la cédula de ciudadanía no acredita la condición de «ser mujer» en términos de identidad de género, sino solo el sexo asignado al nacer, y que la acreditación debe realizarse conforme a los requisitos reglamentarios, sin que la identidad de género pueda sustituir los medios probatorios establecidos. Además, advierte que la entidad no resuelve controversias ni casos concretos, limitándose a interpretar normas generales dentro de su competencia consultiva. |
| Problema jurídico | Determinar los requisitos y documentos idóneos para acreditar la condición de emprendimiento o empresa de mujeres según el artículo 32 de la Ley 2069 de 2020 y el Decreto 1860 de 2021 |
| Fragmentos citables | Artículo 2.2.1.2.4.2.14. Definición de emprendimientos y empresas de mujeres. Con el propósito de adoptar medidas afirmativas que incentiven la participación de las mujeres en el sistema de compras públicas, se entenderán como emprendimientos y empresas de mujeres aquellas que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: [...] 2. Cuando por lo menos el cincuenta por ciento (50%) de los empleos del nivel directivo de la persona jurídica sean ejercidos por mujeres y éstas hayan estado vinculadas laboralmente a la empresa durante al menos el último año anterior a la fecha de cierre del Proceso de Selección en el mismo cargo u otro del mismo nivel. Como medio para la acreditación de la condición en comento, la disposición en cita establece una certificación expedida por el representante legal y el revisor fiscal en la que consten todas las personas que conforman los cargos de nivel directivo del proponente, el número de mujeres y el tiempo de vinculación. Dicho documento además debe relacionar los nombres completos de las personas que integran el nivel directivo y los números de documentos de identidad de cada uno de ellos. Adicionalmente, la norma dispone que la mencionada certificación de presentarse acompañada de copia de los respectivos documentos de identidad, copia de los contratos de trabajo o certificación laboral con funciones, así como el certificado de aportes a seguridad social del último año en el que se demuestren los pagos realizados por el empleador. |
| Materias | Criterios Diferenciales · Decreto 1860 De 2021 · Ley 2069 De 2020 · Emprendimientos de mujeres · Identidad de género · Contratación estatal · Ley De Emprendimiento · Artículo 2.2.1.2.4.2.14 · Artículo 32 · Condición · Emprendimientos Y Empresas De Mujeres · Empresas de mujeres · Finalidad · Necesidad de reglamentación |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1682623137691-C-048.docx |
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