Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Experiencia en infraestructura de transporte – acreditación – subcontratación – documentos tipo
P20220125000591 · 7 de febrero de 2022Contratación estataldocumentos tipocontratación estatalexperienciasubcontrataciónsubcontratoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Experiencia en infraestructura de transporte – acreditación – subcontratación – documentos tipo |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los criterios y reglas para la acreditación de experiencia en procesos de contratación de infraestructura de transporte, con énfasis en la figura de la subcontratación. Fija la posición de que la experiencia debe acreditarse según lo establecido en los documentos tipo, diferenciando entre contratos principales suscritos con particulares o entidades estatales. Para estos últimos, exige la presentación de dos certificaciones: una del subcontrato expedida por el contratista principal y otra de la entidad estatal que certifique el alcance de las obras ejecutadas y la autorización para subcontratar. Además, precisa que la subcontratación es un contrato eventual, accesorio y materialmente parcial, donde el contratista principal conserva la responsabilidad ante la entidad estatal. También aclara que, en el caso de concesiones, la certificación de la entidad estatal no debe incluir obras particulares o vínculos específicos de los subcontratistas, sino únicamente que la subcontratación está permitida en el contrato principal. |
| Problema jurídico | Acreditación de experiencia de subcontratos en contratos de concesión de infraestructura de transporte y requisitos documentales para su verificación |
| Fragmentos citables | En primer lugar, los contratos presentados por los proponentes deben corresponder a la actividad o actividades de experiencia general y específica que la entidad exija en el pliego de condiciones de acuerdo con los parámetros señalados en la Matriz 1. En segundo lugar, los proponentes deben acreditar el cumplimiento de las condiciones fijadas con mínimo uno (1) y máximo seis (6) contratos, que debieron terminar antes de la fecha de cierre del proceso de contratación. Por último, el número de contratos aportados por el proponente debe certificar un valor mínimo correspondiente a un porcentaje del presupuesto oficial del proceso de obra expresado en SMMLV, cuya verificación se hará de acuerdo con la sumatoria de los valores totales ejecutados de los contratos que cumplan con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones. Lo que requiere el literal B es que la certificación del contrato principal, además de contar con la información para acreditar la experiencia y el alcance de las actividades, evidencie que la subcontratación es permitida, es decir, que se pueda constatar que existe una habilitación de manera generalizada y no concretamente frente a un determinado subcontratista. De esta manera, la autorización a la que se refiere el literal B no requiere información del subcontrato sino únicamente de las condiciones del contrato principal, entre las que se encuentra la subcontratación. |
| Materias | Documentos Tipo · Contratación estatal · Experiencia · Subcontratación · Subcontrato |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1644340828108-C-056.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 95340c06fed5….
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