Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos tipo – Obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico

P20220128000736 · 27 de enero de 2022

EpígrafeDocumentos tipo – Obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C–067 de 2022, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, adoptados mediante las Resoluciones 248 y 249 de 2020 y sus modificaciones posteriores. Fija la posición de que estos documentos son de obligatorio cumplimiento para las entidades públicas sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, salvo en los aspectos que permiten diligenciar (espacios entre corchetes y resaltados en gris). Precisa que la «Matriz 1 – Experiencia» define seis clases de obras y actividades específicas, estableciendo requisitos de experiencia general y específica que no pueden ser alterados por las entidades, salvo en los casos permitidos. Además, aclara la diferencia entre los componentes de instalación de tuberías para redes de acueductos (redes menores) y para distribución de agua potable (redes matrices), señalando que las entidades pueden exigir hasta dos combinaciones de experiencia específica dentro de las cinco opciones establecidas en la matriz, según el alcance del proyecto. El documento reitera que las entidades deben identificar el tipo de obra y actividad a contratar para aplicar correctamente los documentos tipo y evitar vulnerar lo dispuesto en las resoluciones mencionadas.

Problema jurídico

Determinar cuál es la diferencia entre las tuberías para redes de acueducto y las tuberías para distribución de agua potable a efectos de acreditar la experiencia específica exigida en la Matriz 1 de los documentos tipo de agua potable y saneamiento básico.

Fragmentos citables
por disposición expresa de la Ley 2022 de 2020, los «Documentos tipo» adoptados por la Agencia Nacional de Contratación Pública son de obligatorio cumplimiento por todas las entidades públicas, cuyo régimen de contratación está sometido al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública ‒EGCAP‒. Esta obligatoriedad implica que las autoridades deben implementar los documentos tipo que encuentren dentro de su ámbito de aplicación, sin perjuicio de su «inalterabilidad». Lo anterior significa que las entidades públicas carecen de la facultad para modificarlos, con excepción de aquellos aspectos que pueden diligenciar, es decir, los espacios que están incluidos entre corchetes y resaltados en gris.
Establece el carácter obligatorio y la inalterabilidad de los documentos tipo, salvo en los aspectos que permiten modificación, lo que define el alcance jurídico del documento.
Como parte de las instrucciones señaladas en la «Matriz 1 – Experiencia» se establece para cada actividad una nota general en la cual se dispone que «La entidad no podrá requerir otras condiciones de experiencia, especificaciones técnicas o aspectos que no hayan sido establecidos en la matriz 1 - experiencia para la actividad a contratar». De este modo, en el evento que la entidad incluya actividades o especificaciones técnicas distintas a las definidas en la «Matriz 1 – Experiencia», vulnerará lo previsto en el artículo 3 de las Resoluciones 248 y 249 de 2020.
Establece la prohibición de exigir requisitos distintos a los previstos en la matriz, lo que delimita la autonomía de las entidades públicas en la contratación.
La diferencia entre estas opciones radica en que, en la primera, se alude a una red de distribución menor, en el entendido del conjunto de tuberías que distribuyen el agua procedente de las tuberías matrices de acueducto, o tuberías mayores; por el contrario, la segunda opción corresponde a la tubería que hace parte de la red matriz o el conjunto de tuberías mayores que son las que distribuyen el agua procedente de las líneas expresas o de la planta de tratamiento hacía las redes menores de acueducto.
Aclara la distinción técnica entre los componentes de tuberías para redes de acueductos y distribución de agua potable, relevante para la exigencia de experiencia específica.
MateriasDocumentos Tipo · Experiencia específica · Matriz 1 – experiencia · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1683900454902-C-067.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-067 de 2022
NúmeroP20220128000736
Fecha del documento27 de enero de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 0785564b50b5….

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