Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Publicidad en el SECOP para entidades de régimen especial

2202013000001598 · 4 de marzo de 2020

EpígrafePublicidad en el SECOP para entidades de régimen especial
Resumen

El documento conceptúa que la obligatoriedad de publicar las actuaciones contractuales en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) no depende del régimen de contratación de las entidades ni de la ejecución de recursos públicos, sino de la naturaleza misma de su actividad contractual. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que todas las entidades estatales, incluidas las de régimen especial, deben publicar en el SECOP los documentos relacionados con sus procedimientos contractuales, independientemente de si estos involucran o no erogación presupuestal. Esta obligación se fundamenta en el principio de publicidad administrativa, consagrado en la Constitución Política y desarrollado en normas como la Ley 1150 de 2007, la Ley 1712 de 2014 y el Decreto 1082 de 2015, que buscan garantizar transparencia y acceso a la información pública. El documento precisa que el deber de publicidad abarca la actividad precontractual, contractual y poscontractual de las entidades, sin excepciones basadas en la fuente de financiación de los contratos.

Problema jurídico

¿Se debe publicar en el SECOP los contratos de arrendamiento o comodato donde el municipio no desembolsa recursos?

Fragmentos citables
Así, analizando las normas sobre publicidad en el SECOP, se concluye que no existen disposiciones de las que se pueda inferir el interés de la ley en exigir la publicación exclusiva de los actos que comprometan la ejecución de recursos públicos, puesto que su objetivo es general y se refiere a la actividad precontractual, contractual y poscontractual de las entidades, sin que quepa interpretación diferente, debido a la finalidad de la ley respecto de la ciudadanía y su derecho a conocer las decisiones de la Administración pública.
Explica el fundamento normativo y teleológico que sustenta la obligatoriedad de publicar toda actividad contractual, independientemente de la erogación presupuestal.
MateriasEntidades De Régimen Especial · Publicidad · Arrendamiento · Comodato · Contratos sin erogación presupuestal · Publicidad contractual · Secop · Contratación estatal · Entidades régimen especial · Fundamento normativo
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1596750788810-C-087-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-087  de 2020
Número2202013000001598
Fecha del documento4 de marzo de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: c6596ca9cac6….

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