Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Factores de desempate – Características – Límites
P20240516005099 · 12 de junio de 2024Contratación estataldecreto 1860 de 2021factores de desempateley 2069 de 2020ley 915 de 2004selección objetivacomunidades étnicasley 1150 de 2007tarjeta de circulación y residencia occrecontratación estatalley de emprendimientovigencia jurídica independientecaracterísticaslímitesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Factores de desempate – Características – Límites |
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| Resumen | Este documento conceptúa sobre la vigencia, alcance y diferencias entre los factores de desempate regulados en el artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 (Ley de Emprendimiento) y la medida especial contenida en el artículo 67 de la Ley 915 de 2004 (Estatuto Fronterizo para el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina). Fija la posición de que el artículo 67 de la Ley 915 de 2004 no se encuentra derogado por la expedición de la Ley 2069 de 2020 ni por su reglamentación mediante el Decreto 1860 de 2021, al tratarse de normas con ámbitos de aplicación distintos: el primero es una regla especial aplicable exclusivamente a licitaciones públicas en el Archipiélago, mientras el segundo es un factor de desempate de aplicación nacional en cualquier modalidad de selección. Además, precisa que la aplicación del artículo 67 de la Ley 915 de 2004 no es discrecional para las entidades estatales, sino un criterio ponderable obligatorio en los procesos de licitación pública en el territorio insular, y que su implementación mediante la asignación de 5 puntos a la Tarjeta de Circulación y Residencia (OCCRE) en los Documentos Tipo no es incompatible con los factores de desempate del artículo 35 de la Ley 2069 de 2020. |
| Problema jurídico | Determinar la vigencia independiente del artículo 67 de la Ley 915 de 2004 frente al artículo 35 de la Ley 2069 de 2020 y su reglamentación mediante el Decreto 1860 de 2021, así como la compatibilidad de los criterios de desempate con las normas de contratación pública. |
| Fragmentos citables | Dado que la selección objetiva es uno de los principios medulares de la contratación estatal, la escogencia del futuro contratista no puede motivarse en razones subjetivas que afecten la imparcialidad de la entidad pública. Así lo determina el primer inciso del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, indicando que “Es objetiva la selección en la cual la escogencia se haga al ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva”. El artículo 67 de la Ley 915 de 2004 constituye una medida especial para promover la participación real y efectiva de los habitantes del territorio insultar, raizales y residentes, en los procesos de licitación pública, cuyo objeto se deba ejecutar en el Archipiélago, que constituye un factor ponderable obligatorio dentro de los procesos de selección de contratistas adelantados únicamente bajo la modalidad de licitación pública, cuyo objeto contractual deba desarrollarse en el territorio insular. Por el contrario, el artículo 35.5 de la Ley 2069 de 2020 es un factor de desempate y, por ende, una regla de naturaleza distinta a la contenida en el artículo 67 de la ley 915 de 2004, aplicable a todos los procesos de contratación adelantados en el territorio nacional, independientemente de modalidad de selección. En consecuencia, dada la naturaleza jurídica distinta de ambas normas, la entrada en vigencia del artículo 35 de la Ley de Emprendimiento no afecta la vigencia del artículo 67 de la Ley 915 de 2004. |
| Materias | Decreto 1860 De 2021 · Factores De Desempate · Ley 2069 De 2020 · Ley 915 De 2004 · Selección Objetiva · Comunidades étnicas · Ley 1150 de 2007 · Tarjeta de circulación y residencia OCCRE · Contratación estatal · Ley De Emprendimiento · Vigencia Jurídica Independiente · Características · Límites |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/06/C-103.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 962cb82cfd9f….
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