Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Convocatorias limitadas a mipymes – generalidades – requisitos – cuantía del proceso

1_2025_08_11_008361 · 22 de septiembre de 2025

EpígrafeConvocatorias limitadas a mipymes – generalidades – requisitos – cuantía del proceso
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la obligatoriedad de limitar las convocatorias públicas a micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) en procesos de contratación estatal, así como sobre la posibilidad de restringir dichas convocatorias a Mipymes domiciliadas en el territorio donde se ejecutará el contrato. La autoridad fija la posición de que la limitación a Mipymes es un mandato legal imperativo cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 del Decreto 1082 de 2015, sin margen de discrecionalidad para la administración, mientras que la limitación territorial es facultativa y debe estar debidamente motivada. Además, precisa que la cuantía del proceso debe ser menor a 125.000 USD para aplicar estas limitaciones y que, en casos de cuantía indeterminada, la entidad debe realizar un análisis financiero prospectivo para determinar su valor. El documento también aborda la participación de cooperativas y entidades de economía solidaria, así como las condiciones para que sociedades por acciones simplificadas puedan solicitar estas limitaciones, destacando la necesidad de que su objeto social permita ejecutar el contrato.

Problema jurídico

Determinar si es obligatorio limitar la convocatoria a mipymes conforme al artículo 2.2.1.2.4.2.2 del decreto 1082 de 2015 y si existe discrecionalidad administrativa para decidir su procedencia; evaluar si un proceso de cuantía indeterminada o con erogación presupuestal de cero debe limitarse a mipymes

Fragmentos citables
De acuerdo con el artículo 2.2.1.2.4.2.1 del Decreto 1082 de 2015, las Entidades Estatales están obligadas a limitar sus procesos de contratación a Mipymes cuando se cumplan los requisitos establecidos en dicha norma, sin que exista, en principio, margen de discrecionalidad para su aplicación. En consecuencia, la Entidad Pública no puede omitir dicha limitación por razones de conveniencia o criterio propio, ya que se trata de un mandato legal imperativo.
Establece la regla principal sobre la obligatoriedad de limitar convocatorias a Mipymes cuando se cumplan los requisitos legales.
En los casos de los procesos cuya cuantía es indeterminada y se fije para efectos fiscales, le corresponderá a la entidad contratante determinar si se ajusta a estos presupuestos normativos previamente señalado en el artículo 2.2.1.2.4.2.2 y para lo cual deberán motivar su decisión, atendiendo a los principios de la contratación estatal, función administrativa y dando aplicación al artículo 44 de la ley 1437 de 2011.
Explica el tratamiento de procesos con cuantía indeterminada y la obligación de motivación por parte de la entidad contratante.
Ahora bien, aunque hay contratos de cuantía indeterminada debido a la complejidad de la prestación a través de los años y modalidad, no quiere decir dicha prestación no tengan un valor económico. En ese caso, la Entidad Estatal realiza un análisis financiero prospectivo o proyectado a los años del plazo para establecer el valor proyectado, por lo que no será un proceso sin cuantía.
Aclara que incluso los contratos de cuantía indeterminada tienen un valor económico que debe ser proyectado para efectos de la contratación.
MateriasConvocatorias Limitadas · Decreto 1082 De 2015 · Ley 2069 De 2020 · Mipymes · Cuantía del proceso · Contratación estatal · Convocatorias Limitadas A Mipymes · Generalidades · Requisitos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/09/C-1120-.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1120 de 2025
Número1_2025_08_11_008361
Fecha del documento22 de septiembre de 2025
Fecha de publicación29 de septiembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4e5457b970ab….

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