Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre alcance de la Nota 2 del Formulario 1 y correcciones aritméticas en documentos tipo de contratación pública
P20220209001255 · 22 de marzo de 2022Contratación estataldocumentos tipocontratación estatalformulario 1Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre alcance de la Nota 2 del Formulario 1 y correcciones aritméticas en documentos tipo de contratación pública |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de las notas del Formulario 1 de los documentos tipo para procesos de contratación de obras públicas de infraestructura de transporte, específicamente en lo referente a la estructura del presupuesto oficial, la presentación de ofertas económicas y las correcciones aritméticas. La autoridad fija la posición de que el Formulario 1 cumple una doble función: como herramienta para que la entidad estructure el presupuesto oficial y como formato para que los proponentes presenten sus ofertas económicas, evitando duplicidad de información. Precisa que la Nota 2 del formulario, que regula la aproximación de fracciones decimales, aplica exclusivamente a los precios unitarios contenidos en la propuesta económica, no al valor total, y que las correcciones aritméticas derivadas de este ajuste o de errores en cálculos tienen como finalidad determinar el valor real de la oferta para garantizar los principios de igualdad y selección objetiva. Además, delimita que las causales de rechazo aplicables en estos procesos son únicamente las establecidas en la ley o en el numeral 1.15 del Documento Base, sin que las entidades puedan crear nuevas causales, y que la inclusión de valores tope para ciertos ítems es facultativa y debe estar justificada. También aclara que la provisión para ajustes, obras complementarias y adicionales no exime al proponente de ajustar su oferta al presupuesto oficial o a los valores unitarios establecidos, pues las correcciones aritméticas pueden modificar dichos valores. |
| Problema jurídico | Determinar si la aproximación al peso prevista en la Nota 2 del Formulario 1 de los documentos tipo se aplica sobre la casilla del valor unitario o sobre la del valor total, y cómo se tratan en ese formulario las provisiones para ajustes y las obras complementarias y adicionales. |
| Fragmentos citables | En los documentos tipo para los procesos de licitación pública, menor cuantía y mínima cuantía de obra de infraestructura de transporte el «Formulario 1 – Formulario de Presupuesto Oficial» tiene dos connotaciones: i) por un lado, es el formulario sobre el cual la entidad estructura y presenta el presupuesto oficial del procedimiento de contratación; y ii) por el otro, es el documento sobre el cual los proponentes elaboran y presentan su oferta económica. Esta doble connotación fue adoptada para evitar la duplicidad de información y permitir que las propuestas económicas se evalúen con las variables, cantidades, unidades de medida y reglas consideradas por la entidad al estructurar su presupuesto oficial. De acuerdo con la regla del literal B es posible concluir que el ajuste al peso de que trata la Nota 2 del Formulario 1 da lugar a correcciones aritméticas de la oferta económica, y este ajuste recae sobre los precios unitarios, pues, la regla señala: «El ajuste al peso ya sea por exceso o por defecto de los precios unitarios contenidos en la propuesta económica». La finalidad de la corrección aritmética es determinar el valor real de la oferta económica, en aras de garantizar los principios de igualdad y selección objetiva, razón por la cual, de acuerdo con lo señalado en el inciso final del numeral 4.1.2 del Documento base, el efecto de la corrección por ajuste al peso o de la corrección de errores aritméticos es que el valor total corregido será el que se tendrá en cuenta para la asignación de puntaje. Las causales de rechazo aplicables a los procedimientos de contratación que se adelanten utilizando los documentos tipo, atendiendo a la regla de la inalterabilidad que los caracteriza, únicamente son las establecidas directamente en la Ley y las contenidas en el numeral 1.15 del «Documento Base». La inclusión de algunas de estas depende de aspectos como la forma de pago escogida por la entidad contratante, como por ejemplo, la del literal Q, aplicable en procesos con pago por precios unitarios. |
| Materias | Documentos Tipo · Contratación estatal · Formulario 1 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1648657482732-C-113.docx |
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