Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Naturaleza jurídica y características del contrato de prestación de servicios
1_2025_08_14_008506 · 24 de septiembre de 2025Contratación estatalcontratación directacontrato estatalsigepdeclaración de bienes y rentasprestación de servicios profesionalespropuesta de servicioscontratación estatalcontrato de prestación de servicios profesionalescontrato prestación de servicioscaracterísticas generalesconceptojustificación en la contrataciónpropuesta de prestación de servicios profesionalesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Naturaleza jurídica y características del contrato de prestación de servicios |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública –Colombia Compra Eficiente–, conceptúa sobre la naturaleza jurídica, características y requisitos del contrato de prestación de servicios en el ámbito estatal, así como sobre la obligatoriedad de exigir la Declaración de Bienes y Rentas en el SIGEP y la presentación de propuesta de servicios por parte del contratista. Fija la posición de que el contrato de prestación de servicios es un contrato estatal típico regulado en la Ley 80 de 1993, destinado a actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad, celebrado con autonomía e independencia, sin subordinación laboral, y con características como temporalidad, contratación directa y ausencia de requisitos como el RUP o garantías. Además, precisa que la Declaración de Bienes y Rentas en el SIGEP es un requisito habilitante para el contratista, mientras que la propuesta de servicios, aunque no obligatoria explícitamente, es esencial para verificar la idoneidad del proponente. También señala que, aunque no se requiere un acto administrativo de justificación de la contratación directa, la entidad debe motivar su decisión en los estudios previos, garantizando transparencia y legalidad en el proceso. |
| Problema jurídico | Determinar la naturaleza jurídica del contrato de prestación de servicios y su distinción frente al contrato laboral, así como la obligatoriedad de exigir declaración de bienes y rentas en el SIGEP y la presentación de propuesta de servicios por parte del contratista |
| Fragmentos citables | El contrato de prestación de servicios es un contrato estatal típico regulado en numeral 3 del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. Es definido como aquel que “celebren las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados […] es posible señalar las siguientes características del contrato de prestación de servicios: i) Solo puede celebrarse para realizar “actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad”, es decir, que hagan parte de su giro ordinario o quehacer cotidiano. ii) Respecto del tipo de personas que pueden ser contratadas, admite que se suscriba con personas naturales o jurídicas. Frente a este planteamiento, aunque la presentación de una propuesta de servicios no es una obligación explícita para el aspirante, sí constituye la herramienta idónea para que la entidad cumpla con su deber de verificar la idoneidad del contratista, conforme al artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015. Dicha propuesta es la oferta formal y el soporte esencial sobre el cual la administración estructura los estudios previos para definir la necesidad, el objeto y las futuras obligaciones contractuales. Finalmente, en cuanto a los actos que debe expedir la entidad, si bien la normativa exceptúa a los contratos de prestación de servicios profesionales de requerir un "acto administrativo de justificación" formal e individual, como se menciona en la característica vi) de este concepto. Esto no libera a la entidad de la obligación de motivar y documentar su decisión. Dicha obligación emana de los principios de publicidad y transparencia que rigen la función pública según el artículo 209 de la Constitución Nacional, y del deber general de motivar las decisiones de la administración contenido en el artículo 42 de la Ley 1437 de 2011. |
| Materias | Contratación Directa · Contrato Estatal · Sigep · Declaración de bienes y rentas · Prestación de servicios profesionales · Propuesta de servicios · Contratación estatal · Contrato De Prestación De Servicios Profesionales · Contrato Prestación De Servicios · Características generales · Concepto · Justificación en la contratación · Propuesta de Prestación de Servicios Profesionales |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/09/C-1138.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 753311b2b928….
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