Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Publicidad de documentos en procesos de mínima cuantía y limitación a mipymes en el SECOP
1_2025_08_15_008562 · 26 de septiembre de 2025Contratación estataldecreto 1082 de 2015ley 1712 de 2014mipymesmínima cuantíapublicidad de documentos contractualessecopcontratación estataldeber de publicaciónprincipio de publicidaddocumentos del procesonociónpublicación aviso limitación a mipymesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Publicidad de documentos en procesos de mínima cuantía y limitación a mipymes en el SECOP |
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| Resumen | Este documento conceptúa que las entidades estatales tienen la obligación de publicar en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) tanto el aviso de limitación a Mipymes como las solicitudes de limitación de la convocatoria presentadas por los oferentes en los procesos de mínima cuantía. La posición se fundamenta en el principio de publicidad, la Ley 1712 de 2014 sobre transparencia y acceso a la información pública, y el Decreto 1082 de 2015 que regula los documentos del proceso contractual. Se precisa que la obligación de publicidad abarca todos los documentos emitidos durante el procedimiento, incluyendo aquellos que, aunque no sean producidos por la entidad, forman parte de la gestión contractual. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– aclara que su competencia se limita a orientar sobre normas generales, sin resolver casos particulares ni validar actuaciones específicas de las entidades contratantes. |
| Problema jurídico | Determinar si las entidades contratantes deben publicar tanto el aviso de limitación a mipymes como las solicitudes de limitación presentadas por los oferentes en procedimientos de mínima cuantía |
| Fragmentos citables | Las Entidades Estatales, conforme al artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015, tienen la obligación de publicar en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública –SECOP– “[…] los Documentos del Proceso y los actos administrativos del Proceso de Contratación […]”. La expresión Documentos del Proceso, está definida en el artículo 2.2.1.1.1.3.1 del referido decreto, donde se establece que: “son (a) los estudios y documentos previos; (b) el aviso de convocatoria; (c) los pliegos de condiciones o la invitación; (d) las adendas; (e) la oferta; (f) el informe de evaluación; (g) el contrato; y cualquier otro documento expedido por la Entidad Estatal durante el Proceso de Contratación”. En ese sentido, la interpretación sistemática de los preceptos del Decreto 1082 de 2015 y la Ley 1712 de 2014 –ley estatutaria que regula la transparencia y el derecho de acceso a la información y a los documentos públicos–, que identifica como principios que orientan el derecho de acceso a la información pública, el de máxima publicidad, transparencia en la información y buena fe, las Entidades Estatales tienen la obligación de publicar todos los documentos que expidan con ocasión del Proceso de Contratación, es decir que todos los documentos emitidos por la entidad durante las etapas precontractual, de ejecución y postcontractual deberán ser publicados en el SECOP ll. Bajo esa premisa, en consideración a que los documentos de solicitud de limitación de la convocatoria para la participación de las MiPymes son documentos que hacen parte de la gestión contractual, particularmente, de la etapa previa de planeación y/o selección, deberán ser publicados en el SECOP en los términos del artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015. En otras palabras, al no existir efectos derogatorios o subrogatorios entre las disposiciones del EGCAP y la normativa de la transparencia y el acceso a la información pública, las disposiciones de ambos regímenes deben ser interpretadas de manera complementaria. Bajo esa premisa, en consideración a que los documentos de solicitud de limitación de la convocatoria para la participación de las MiPymes son documentos que hacen parte de la gestión contractual, particularmente, de la etapa previa de planeación y/o selección, deberán ser publicados en el SECOP en los términos del artículo 2.2.1.1.1.7.1. del Decreto 1082 de 2015. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Ley 1712 de 2014 · Mipymes · Mínima Cuantía · Publicidad de documentos contractuales · Secop · Contratación estatal · Deber De Publicación · Principio De Publicidad · Documentos del Proceso · Noción · Publicación aviso limitación a Mipymes |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/09/C-1146.docx |
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Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 59edc888b9ea….
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