Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Contratos con ESAL: fundamento constitucional, tipos y régimen aplicable
P20240531005715 · 16 de julio de 2024Contratación estatalcontratos de colaboraciónconvenios de asociacióndecreto 092 de 2017ley 489 de 1998constitución política de 1991entidades sin ánimo de lucro (esal)ley 80 de 1993margen de utilidad o gananciaplan nacional de desarrollocontratación estatalesaltipos de contratosaportes de esalconstituciónobjeto contractualColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Contratos con ESAL: fundamento constitucional, tipos y régimen aplicable |
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| Resumen | Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente–, conceptúa sobre el alcance y los límites de los contratos que las entidades estatales pueden celebrar con entidades sin ánimo de lucro (ESAL), regulados en el artículo 355 de la Constitución Política y el Decreto 092 de 2017. Fija la posición de que tales contratos solo proceden cuando su objeto sea la ejecución de programas o actividades de interés público acordes con los planes de desarrollo nacional o seccionales, o cuando se trate de convenios de asociación para el desarrollo conjunto de funciones estatales. Precisa que estos negocios jurídicos no generan utilidades para las ESAL, pues su finalidad es asistencial o de fomento social, y no conmutativa. Además, delimita su ámbito de aplicación, excluyendo los contratos de adquisición de bienes, obras o servicios regulados por el Estatuto General de Contratación Pública (Ley 80 de 1993), los cuales, aunque involucren a una ESAL, deben someterse a dicho régimen. También señala que la aplicación del Decreto 092 de 2017 depende del objeto contractual y no del carácter de la entidad contratante, y que los convenios deben alinearse con las funciones y competencias legales de la entidad estatal. |
| Problema jurídico | Determinación del régimen aplicable a la contratación entre entidades estatales y ESAL según el objeto contractual y los límites constitucionales |
| Fragmentos citables | El artículo 355 de la Constitución Política prohíbe a las ramas y órganos del poder público decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas. Igualmente, establece que las entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal podrán, con sus propios recursos, contratar con entidades sin ánimo de lucro – en adelante ESAL – con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el Plan Nacional y los planes seccionales de desarrollo. El Gobierno Nacional, en desarrollo del artículo 355 de la Constitución Política, expidió el Decreto 092 de 2017, que dispone las reglas para las contrataciones que realicen las Entidades Estatales con las ESAL. El Decreto regula dos (2) eventos: i) los contratos de colaboración o de interés público, con el fin impulsar programas y actividades de interés público de acuerdo con el Plan Nacional o los planes seccionales de desarrollo, en los términos del artículo 355 de la Constitución Política – a los cuales hace referencia en su consulta – y; ii) los convenios de asociación, para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con las funciones de las Entidades Estatales, en desarrollo del artículo 96 de la Ley 489 de 1998. Dado que los contratos colaboración del artículo 355 de la Constitución Política tienen como objeto promover acciones de fomento social en beneficio de los sectores más desprotegidos de la población, no dan lugar a una contraprestación directa a favor de la entidad y tampoco a una relación conmutativa entre esta y la ESAL, toda vez que el beneficio directo lo recibirán, en últimas, los sectores de este tipo de acciones de fomento. Asimismo, en los convenios de asociación no existe contraprestación o pago, sino aportes, los cuales están dirigidos, exclusivamente, a lograr la ejecución del convenio no a remunerar la actividad o actuaciones del asociado. |
| Materias | Contratos De Colaboración · Convenios De Asociación · Decreto 092 De 2017 · Ley 489 de 1998 · Constitución política de 1991 · Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) · Ley 80 de 1993 · Margen de utilidad o ganancia · Plan nacional de desarrollo · Contratación estatal · Esal · Tipos De Contratos · Aportes de ESAL · Constitución · Objeto contractual |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/07/C-115.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 6bc7d90978ff….
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