Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Personas con discapacidad – puntaje adicional – normativa y requisitos de acreditación
P20210216001267 · 30 de marzo de 2021Contratación estatalcontratación estatalpersonas con discapacidadacreditación de personalpuntaje adicionalrevisor fiscaln/aColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Personas con discapacidad – puntaje adicional – normativa y requisitos de acreditación |
|---|---|
| Resumen | El documento, expedido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la expresión «según corresponda» contenida en el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.4.2.6 del Decreto 1082 de 2015 y en el «Manual para el manejo de los incentivos en los Procesos de Contratación», en relación con los requisitos para acreditar el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal de proponentes en procesos de licitación pública o concurso de méritos, con el fin de obtener el puntaje adicional por vinculación de personas con discapacidad. Fija la posición de que esta expresión debe interpretarse como un criterio de designación diferencial según el tipo de proponente: en personas naturales, corresponde al interesado; en personas jurídicas no obligadas a tener revisor fiscal, al representante legal; y en personas jurídicas obligadas a contar con revisor fiscal, a este último. Además, precisa que para proponentes plurales (consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura), la certificación debe ser emitida por el integrante que aporte al menos el 40% de la experiencia requerida en el proceso. El fundamento normativo se sustenta en el Decreto 392 de 2018, que reglamenta los incentivos en contratación estatal para personas con discapacidad, y en las disposiciones del Código de Comercio y otras normas que regulan la obligatoriedad de la revisoría fiscal. El documento también delimita que la acreditación debe realizarse a la fecha de cierre del proceso de selección y que el certificado de discapacidad debe estar vigente en ese momento. |
| Problema jurídico | Interpretación de la expresión 'según corresponda' en el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.4.6 del Decreto 1082 de 2015 y en el Manual para el manejo de los incentivos en los Procesos de Contratación |
| Fragmentos citables | La expresión «según corresponda», contenida en el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.4.6 del Decreto 1082 de 2015 y en el «Manual para el manejo de los incentivos en los Procesos de Contratación», debe ser interpretada en el contexto de la oración en la que se usa, cuya finalidad es identificar el sujeto que debe certificar como está conformada cuantitativamente la planta de personal del proponente, a efectos de aplicar el puntaje adicional al que dicho artículo se refiere. Tratándose de personas jurídicas, es posible que el representante legal firme la certificación requerida para otorgar puntaje adicional para proponentes con trabajadores con discapacidad, siempre que la empresa o sociedad no esté obligada a contar con revisor fiscal. Según lo previsto en el Decreto 392 de 2018 y en las normas que regulan la revisoría fiscal, tratándose de empresas o sociedades que están obligadas a tener revisor fiscal, este es quien debe certificar el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección. De conformidad con la norma citada, en los procesos de licitación pública o concurso de méritos, para obtener el puntaje adicional por tener personas en condición de discapacidad vinculadas en la planta de personal, se deberá acreditar: i) el número total de trabajadores vinculados a la planta de personal; y ii) el número mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal. |
| Materias | Contratación Estatal · Personas Con Discapacidad · Acreditación de personal · Puntaje adicional · Revisor fiscal · N/a |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1618326191589-C-119.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 30aac16f196c….
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