Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Sociedades Anónimas Simplificadas – Naturaleza jurídica

C-831 de 2010 · 30 de marzo de 2021

EpígrafeSociedades Anónimas Simplificadas – Naturaleza jurídica / Régimen de inhabilidades e incompatibilidades – Límites – Capacidad jurídica / Régimen de inhabilidades e incompatibilidades – Clasificación / INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES – Régimen – Literal d) – Numeral 2 – Artículo 8 – Ley 80 de 1993 – Aplicación – Impedimento
Resumen

El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la naturaleza jurídica de las Sociedades Anónimas Simplificadas (SAS) y su relación con el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado. Fija la posición de que las SAS son sociedades de capital, con naturaleza comercial independientemente de su objeto social, y que su inclusión en el literal d) numeral 2 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993 —que establece inhabilidades para ciertas sociedades— no es procedente, dado que la norma solo menciona expresamente a las sociedades anónimas no abiertas, de responsabilidad limitada y sociedades de personas, sin incluir a las SAS. Además, precisa que el régimen de inhabilidades e incompatibilidades en la contratación estatal es de aplicación restrictiva, taxativa y su interpretación no puede extenderse por analogía, conforme a la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado, que exigen ceñirse al tenor literal de las disposiciones. También clasifica las inhabilidades en sanción y requisito, destacando su fundamento en la protección del interés general y los principios de moralidad, transparencia e imparcialidad.

Problema jurídico

Determinar si la inhabilidad prevista en el literal d) del numeral 2 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993 puede extenderse a las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) y, en consecuencia, si los socios de una SAS pueden ser considerados inhabilitados para contratar con el Estado cuando un servidor público vinculado a la entidad contratante participe en la sociedad.

Fragmentos citables
De acuerdo con lo indicado en el artículo 3 de la Ley 1258 de 2008, la S.A.S. es una sociedad de capitales cuya naturaleza será siempre comercial, independientemente de las actividades previstas en su objeto social. Para efectos tributarios, la sociedad por acciones simplificada se regirá por las reglas aplicables a las sociedades anónimas.
Establece la naturaleza jurídica de las SAS como sociedades de capital y su régimen comercial, base para analizar su inclusión en el régimen de inhabilidades.
la norma no prevé que apartarse del procedimiento contractual exceptúe la aplicación de la inhabilidad, lo cual es reafirmado por la jurisprudencia ya que la causal no está relacionada con la participación del servidor público, sino con el nexo patrimonial de este con las sociedades comerciales señaladas en la ley.
Explica el criterio restrictivo en la aplicación de inhabilidades, vinculado al nexo patrimonial y no a la conducta contractual, clave para interpretar el alcance del literal d) numeral 2 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993.
las inhabilidades son prohibiciones para concurrir en los procedimientos de selección y para contratar con el Estado, que se derivan i) de la existencia de comportamientos reprochables de sanciones anteriormente impuestas, ii) de vínculos personales relativos al parentesco o al estado civil o iii) de una actividad u oficio que se desempeñó en el pasado.
Define el concepto de inhabilidades en la contratación estatal, útil para distinguir su naturaleza y fundamento en la protección del interés general.
MateriasInhabilidades E Incompatibilidades · Contratación estatal · Régimen De Inhabilidades E Incompatibilidades · Sociedades Anónimas Simplificadas
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1651078235680-1618345046160-C-122.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-122 de 2021
NúmeroC-831 de 2010
Fecha del documento30 de marzo de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: b047a8e0891b….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com