Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Acreditación de experiencia con contratos de tracto sucesivo en ejecución para el Registro Único de Proponentes
P20230328002858 · 12 de mayo de 2023Contratación estatalexperienciaregistro único de proponentes /rupcontratos de tracto sucesivoexperiencia en contratación públicaplena pruebacontratación estatalregistro único de proponentesrequisitos habilitantescolombia compra eficientecontratos en ejecuciónmarco jurídiconociónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Acreditación de experiencia con contratos de tracto sucesivo en ejecución para el Registro Único de Proponentes |
|---|---|
| Resumen | Este documento conceptúa sobre el alcance del Registro Único de Proponentes (RUP) como instrumento de plena prueba para verificar la capacidad jurídica, técnica, financiera y organizacional de los proponentes en procedimientos de selección estatal, así como la acreditación de la experiencia mediante contratos en ejecución. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que, salvo excepciones legales, los requisitos habilitantes deben verificarse exclusivamente con el RUP, incluyendo la experiencia derivada de contratos de tracto sucesivo, siempre que se acredite la porción efectivamente ejecutada. Además, precisa que las Cámaras de Comercio deben registrar esta experiencia cuando el proponente allegue certificaciones del contratante que demuestren la cuantía y objeto del contrato cumplidos, conforme a lo establecido en la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio. La entidad también destaca que las entidades estatales, en ejercicio de su autonomía, pueden exigir en los pliegos de condiciones la acreditación de experiencia con contratos en ejecución, siempre que se respeten los principios de selección objetiva y concurrencia. |
| Problema jurídico | ¿Las entidades estatales en los concursos de méritos deben tener en cuenta las porciones de los contratos de tracto sucesivo efectivamente ejecutadas y registradas en el RUP para la calificación de los oferentes? |
| Fragmentos citables | El Registro Único de Proponentes es el documento donde consta la información relacionada con las personas naturales y jurídicas, que tiene por objeto consolidar los datos relacionados con la capacidad jurídica, técnica, financiera y organizacional de los posibles proponentes, con el fin que participen en los procedimientos de selección realizados por las entidades estatales, facilitando la revisión de los datos contenidos en el registro. la capacidad jurídica, las condiciones de experiencia, la capacidad financiera y de organización de los proponentes deberán verificarse exclusivamente con el Registro Único de Proponentes, pues, de acuerdo con lo expuesto, este instrumento es plena prueba de la información contenida en él. Los contratos de tracto sucesivo se considerarán ejecutados en la porción efectivamente cumplida. Para proceder al registro de la experiencia de un contrato de tracto sucesivo en curso, es necesario que el tercero que recibió los bienes, obras o servicios relacionados certifique expresamente la cuantía y objeto del contrato efectivamente ejecutados. la experiencia que se deriva de los contratos que el proponente ha celebrado y ejecutado con diferentes contratantes, sin importar la naturaleza de estos, se verifica con el Registro Único de Proponentes –RUP–, cuando este certificado sea exigible de acuerdo con la ley. En este registro constan los requisitos que se evalúan exclusivamente con este documento, que es plena prueba, sin que la entidad o el proponente puedan, en principio, solicitar o aportar otra documentación. |
| Materias | Experiencia · Registro Único De Proponentes /rup · Contratos de tracto sucesivo · Experiencia en contratación pública · Plena prueba · Contratación estatal · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Colombia Compra Eficiente · Contratos en ejecución · Marco jurídico · Noción |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1710280456962-C-124.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 72f84995ca05….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.