Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

CABILDOS INDÍGENAS – AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS – ASOCIACIONES DE CABILDOS INDÍGENAS Y/O AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS – CONSEJOS INDÍGENAS Y ORGANIZACIONES INDÍGENAS – Régimen de contratación – Sistema General de Regalías

1_2025_09_15_010079 (y reiterada en los radicados Nro. 1_2025_09_16_010113 y 1_2025_09_16_010114) · 19 de septiembre de 2025

EpígrafeCABILDOS INDÍGENAS – AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS – ASOCIACIONES DE CABILDOS INDÍGENAS Y/O AUTORIDADES TRADICIONALES INDÍGENAS – CONSEJOS INDÍGENAS Y ORGANIZACIONES INDÍGENAS – Régimen de contratación – Sistema General de Regalías
Resumen

Este documento conceptúa la posición interpretativa de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente sobre el régimen de contratación aplicable a las asociaciones de cabildos, autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas cuando actúan como entidades ejecutoras de recursos del Sistema General de Regalías (SGR). Fija que, conforme a los Decretos 1088 de 1993 y 252 de 2020, los contratos de naturaleza industrial o comercial celebrados por estas entidades se rigen por el derecho privado, mientras que los demás actos contractuales se sujetan a normas de asociaciones de entidades públicas. Además, precisa que dichas asociaciones, al administrar recursos públicos, están obligadas a publicar toda su actividad contractual en el SECOP, independientemente de la modalidad de selección utilizada. La argumentación se sustenta en el marco constitucional y legal que reconoce la autonomía de los pueblos indígenas y en la normativa específica del SGR que designa a estas entidades como ejecutoras de proyectos de inversión.

Problema jurídico

Determinar el régimen de contratación aplicable a las asociaciones de cabildos y autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas cuando actúan como entidades ejecutoras de recursos del Sistema General de Regalías (SGR), así como precisar las obligaciones de publicación en el SECOP derivadas de su condición de sujetos obligados.

Fragmentos citables
Frente al segundo problema jurídico planteado debe tenerse de presente que en lo que respecta a las disposiciones de contratación aplicables a los pueblos indígenas con capacidad para contratar y que ejecuten recursos públicos ha de indicarse que están obligados a estar inscritos en el SECOP y a publicar toda la actividad contractual, esto en la medida en que al administrar recursos de naturaleza u origen público los ubica dentro de los sujetos obligados de que trata el literal g) del artículo 5 de la Ley 1712 de 2014 corregido por el Decreto 1494 del 2015.”
Establece la obligación de publicidad contractual en el SECOP para las entidades indígenas ejecutoras de recursos públicos, fundamentada en la Ley 1712 de 2014.
De este modo, comoquiera que el Decreto 1088 de 1993 no realizó distinción sobre las fuentes de financiación, una interpretación integral con las normas del SGR descritas, permite colegir que su aplicación se realiza también en el marco de la ejecución de dichos recursos conforme lo señala el artículo 85 la Ley 2056 de 2020.
Explica la extensión del régimen del Decreto 1088 de 1993 a los recursos del SGR, destacando la ausencia de limitaciones en la fuente de financiación y la remisión normativa del artículo 85 de la Ley 2056 de 2020.
MateriasPueblos Indígenas · SiSTEMA GENERAL DE REGALÍAS · Decreto 1088 de 1993 · Decreto 252 de 2020 · Régimen de contratación pública · Secop · Contratación estatal · Asociaciones De Cabildos Indígenas Y/o Autoridades Tradicionales Indígenas · Autoridades Tradicionales Indígenas · Cabildos Indígenas · Entidades Ejecutoras · Interés General Secop · Actividad contractual · Deber de publicación · Fundamento normativo · Ley 2056 de 2020 · Noción · Pueblos y comunidades Indígenas · Régimen de contratación · Régimen de contratos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/09/C-1257.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1257 de 2025
Número1_2025_09_15_010079 (y reiterada en los radicados Nro. 1_2025_09_16_010113 y 1_2025_09_16_010114)
Fecha del documento19 de septiembre de 2025
Fecha de publicación19 de septiembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: 508c50d9daf2….

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