Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Publicidad contractual de administradoras de riesgos laborales privadas en el SECOP

9 de octubre de 2025

EpígrafePublicidad contractual de administradoras de riesgos laborales privadas en el SECOP
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del deber de publicidad contractual en el SECOP para las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) de naturaleza privada que contratan con recursos públicos. Fija la posición de que, independientemente de su régimen jurídico, estas entidades están obligadas a publicar en el SECOP (o su módulo de régimen especial) los contratos y documentos derivados de su actividad contractual con fondos públicos, desde la etapa de planeación hasta el vencimiento de garantías, incluyendo procedimientos y políticas de adquisiciones. Fundamenta esta obligación en la Ley 1150 de 2007, la Ley 1712 de 2014, el Decreto 1081 de 2015 y la Ley 2195 de 2022, precisando que el criterio determinante es el uso de recursos públicos, no la naturaleza jurídica de la entidad. Además, aclara que la publicación debe realizarse en el módulo de régimen especial del SECOP I o SECOP II, sin que la ley exija una plataforma específica, y que la obligación rige desde el 16 de enero de 2008. También señala que el incumplimiento puede generar responsabilidad administrativa, penal, fiscal o disciplinaria, y que la publicidad debe armonizarse con normas de reserva legal, secreto comercial o protección de datos sensibles.

Problema jurídico

Determinar el marco jurídico que regula el deber de publicidad de las administradoras de riesgos laborales de carácter privado respecto de su gestión contractual con cargo a recursos públicos

Fragmentos citables
«Las entidades que contratan con cargo a recursos públicos están obligadas a publicar oportunamente su actividad contractual en el SECOP, sin que sea relevante para la exigencia de esta obligación su régimen jurídico, naturaleza de público o privado o la pertenencia a una u otra rama del poder público […]» – Circular Externa Nro. 1 del 21 de junio de 2013–.
Establece el criterio central del documento: la obligación de publicidad en el SECOP aplica a cualquier entidad que contrate con recursos públicos, sin importar su régimen jurídico.
MateriasAdministradoras de riesgos laborales · Régimen exceptuado · Secop · Transparencia · Contratación estatal · Circulares De Colombia Compra Eficiente · Publicidad · Alcance · Alcance de la decisión · Decreto 1081 de 2015 · Entidades exceptuadas · Fundamento normativo · Ley 1150 de 2007 · Ley 1712 de 2014 · Ley 2195 de 2022 · Nulidad Parcial · Sentencia de 19 de octubre
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/10/C-1262.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1262 de 2025
Fecha del documento9 de octubre de 2025
Fecha de publicación10 de octubre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2b8eef8ec815….

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