Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Ley de garantías electorales – restricciones a la contratación pública y convenios interadministrativos en periodo preelectoral
P20230329002892 · 15 de mayo de 2023Contratación estatalcontratacion públicacontratos y convenios interadministrativosconvenios interadministrativosley de garantías electoralesperíodo preelectoralrestricciones electoralescontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Ley de garantías electorales – restricciones a la contratación pública y convenios interadministrativos en periodo preelectoral |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las restricciones establecidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) durante el período preelectoral para elecciones territoriales. Fija la posición de que, para elecciones de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles, la prohibición se limita a la celebración de convenios interadministrativos que impliquen ejecución de recursos públicos por parte de gobernadores, alcaldes, secretarios y directores de entidades descentralizadas, dentro de los cuatro meses anteriores a la jornada electoral. Precisa que esta restricción no aplica a la contratación directa en general, salvo que se trate de contratos interadministrativos con ejecución de recursos públicos, y que las prohibiciones deben interpretarse restrictivamente. Además, aclara que los convenios interadministrativos se definen por un criterio orgánico (participación de entidades estatales) y no por la modalidad de selección, aunque su celebración directa es la regla general. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de las restricciones a la contratación pública y a los convenios interadministrativos durante el periodo de aplicación de la ley de garantías electorales para elecciones territoriales de 2023 |
| Fragmentos citables | “Lo que hace interadministrativo a un contrato o convenio no es el procedimiento de selección aplicable, sino la calidad de los sujetos contratantes, esto es que las dos partes de la relación jurídica contractual formen parte de la administración pública”. Así las cosas, esta clase de acuerdos de voluntades se definen por un criterio orgánico, por lo que uno de sus elementos esenciales es que en los extremos de la relación jurídico negocial concurran personas de derecho público |
| Materias | Contratacion Pública · Contratos Y Convenios Interadministrativos · Convenios Interadministrativos · Ley De Garantías Electorales · Período preelectoral · Restricciones electorales · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1709914376855-C-127.docx |
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