Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Garantía única de cumplimiento y liquidación de contratos estatales

1_2025_09_05_009674 · 9 de octubre de 2025

EpígrafeGarantía única de cumplimiento y liquidación de contratos estatales
Resumen

El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente mediante el Concepto C-1270 de 2025, conceptúa sobre el alcance y suficiencia de la garantía de cumplimiento en contratos estatales, precisando su vigencia mínima y los efectos de su vencimiento durante la etapa de liquidación. Fija la posición de que la garantía debe mantenerse vigente hasta la liquidación del contrato, cubriendo tanto el plazo de ejecución como el de vigencia, el cual solo finaliza con la culminación de este procedimiento. Señala que, al ser la liquidación un ajuste de cuentas que evalúa el cumplimiento total de las obligaciones contractuales, no es posible liquidar el contrato si la garantía de cumplimiento se encuentra vencida, salvo que las partes se encuentren a paz y salvo en todos los aspectos. Además, advierte que corresponde a cada entidad contratante, en ejercicio de su autonomía y bajo el principio de juridicidad, definir las acciones a seguir en casos concretos, sin que la Agencia pueda validar actuaciones particulares. También se aborda la normativa aplicable a la liquidación de contratos estatales, distinguiendo entre liquidación bilateral, unilateral y judicial, y los plazos para su realización.

Problema jurídico

¿Es posible liquidar un contrato estatal cuando la garantía única de cumplimiento se encuentra vencida?

Fragmentos citables
El artículo 2.2.1.2.3.1.12 regula la suficiencia de la garantía de cumplimiento. Esta debe tener una vigencia mínima hasta la liquidación y, por regla general un valor de por lo menos el diez por ciento (10%) del total del contrato, siempre que este sea inferior a un millón (1.000.000) de smmlv. Conforme la norma citada, el amparo cubre tanto el plazo de ejecución como el plazo de vigencia del contrato.
Establece la regla general sobre la vigencia mínima y el valor de la garantía de cumplimiento, fundamento normativo central del documento.
Así, la cobertura mínima del amparo de cumplimiento cubre el plazo de ejecución y el plazo de vigencia, el cual finaliza con la liquidación. En palabras de la doctrina, “[…] el contratista deberá otorgarla con una vigencia igual al plazo del contrato garantizado más el plazo contractual previsto para la liquidación de aquel. En caso de no haberse convenido por las partes un término para la liquidación del contrato, la garantía deberá mantenerse vigente por el término legal previsto para este efecto […]”.
Explica la extensión de la cobertura de la garantía hasta la liquidación y la obligación de mantenerla vigente, incluso en ausencia de pacto expreso sobre el plazo de liquidación.
La liquidación del contrato estatal es el ajuste de cuentas en el cual se realiza un balance económico, técnico y jurídico del negocio. Así lo manifestó el Consejo de Estado en la sentencia del 20 de octubre de 2014, en la que consideró, por un lado, que liquidar supone un ajuste en relación con las cuentas y el estado de cumplimiento del contrato estatal y, por otro, que la liquidación debe incluir el análisis de las condiciones de calidad y oportunidad en la entrega de los bienes, obras o servicios, así como el balance económico y el comportamiento financiero del negocio.
Define conceptualmente la liquidación del contrato estatal y su finalidad, destacando su carácter integral y la necesidad de evaluar el cumplimiento total de las obligaciones.
En este sentido no es posible liquidar el contrato si una de las obligaciones de las partes se encuentra pendiente, en este caso el deber de mantener vigente la garantía de cumplimiento hasta la liquidación del contrato.
Establece la consecuencia jurídica de la falta de vigencia de la garantía durante la liquidación, vinculando su obligatoriedad al procedimiento de finiquito contractual.
MateriasContratacion Pública · Garantía Única De Cumplimiento · Liquidación De Contratos Estatales · Vigencia mínima de garantías · Contratación estatal · Garantía De Única De Cumplimiento · Liquidación Del Contrato · Definición · Fundamento normativo · Normativa · Objetivo · Suficiencia
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/10/C-1270.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1270 de 2025
Número1_2025_09_05_009674
Fecha del documento9 de octubre de 2025
Fecha de publicación15 de octubre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ee53443c2fb0….

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