Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Obligación de publicar en el SECOP II y alcance de los principios de publicidad y transparencia en la contratación estatal

1_2025_10_07_011152 y 1_2025_10_30_012243 · 13 de noviembre de 2025

EpígrafeObligación de publicar en el SECOP II y alcance de los principios de publicidad y transparencia en la contratación estatal
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del deber de publicidad de la actividad contractual en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II. Fija la posición de que todas las entidades estatales, sin distinción de su régimen jurídico, naturaleza o pertenencia a una rama del poder público, están obligadas a publicar en el SECOP II la totalidad de su actividad contractual, incluyendo procesos con valor cero o sin erogación presupuestal, conforme a los principios constitucionales de publicidad y acceso a la información pública, así como a las disposiciones de la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1712 de 2014. Precisa que la obligación abarca todos los documentos expedidos por la entidad durante el proceso de contratación, desde la planeación hasta el vencimiento de garantías, y que la publicidad debe realizarse de manera oportuna, incluso si la ejecución del contrato no implica recursos públicos. Además, delimita su competencia consultiva, aclarando que no resuelve controversias ni valida actuaciones particulares, sino que orienta sobre normas generales.

Problema jurídico

¿Cuáles son las generalidades legales que obligan a las entidades a publicar en el SECOP II?

Fragmentos citables
La obligación de las Entidades de publicar en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública – SECOP II, encuentra sustento en un conjunto normativo que articula disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y administrativas, todas orientadas a garantizar el principio de publicidad y el derecho de acceso a la información pública en el marco de la contratación estatal.
Establece el fundamento normativo general de la obligación de publicidad en el SECOP II, vinculando principios constitucionales y normas legales.
En todo caso, al margen de la explicación precedente debe advertirse que el análisis requerido para resolver problemas específicos en torno a normas diferentes a la contratación estatal debe ser realizado por quienes tengan interés en ello, de acuerdo con lo explicado en el presente concepto. Por lo anterior, previo concepto de sus asesores, la solución de situaciones particulares corresponde a los interesados en adoptar la decisión correspondiente y, en caso de conflicto, a las autoridades judiciales, fiscales y disciplinarias.
Delimita la competencia de la entidad, aclarando que no resuelve controversias ni valida actuaciones particulares, sino que orienta sobre normas generales.
MateriasContratación Estatal · Principio De Publicidad · Secop Ii · Documentos públicos · Principio de transparencia · Circular Única Externa · Contratacion Pública · Deber de publicar oportunamente la actividad contractual en SECOP · Ley 1712 de 2014 · Uso del secop
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/11/C-1454.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1454 de 2025
Número1_2025_10_07_011152 y 1_2025_10_30_012243
Fecha del documento13 de noviembre de 2025
Fecha de publicación18 de noviembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: d4c33cf5268e….

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