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Alcance de las prohibiciones de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) y del parágrafo del artículo 38 de la misma ley

1_2025_10_12_011443 · 20 de noviembre de 2025

EpígrafeAlcance de las prohibiciones de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) y del parágrafo del artículo 38 de la misma ley
Resumen

El documento conceptúa el alcance de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) en materia de restricciones a la contratación pública durante períodos preelectorales, precisando su aplicación diferenciada según el tipo de elección. Para elecciones presidenciales, prohíbe la contratación directa por parte de todos los entes del Estado durante los cuatro meses previos, salvo excepciones taxativas como defensa, seguridad, emergencias sanitarias o desastres. Para elecciones de otros cargos de elección popular, aplica una restricción específica al parágrafo del artículo 38, que prohíbe a gobernadores, alcaldes, secretarios y directores de entidades descentralizadas celebrar convenios interadministrativos para ejecución de recursos públicos en el mismo período. La autoridad destaca que estas prohibiciones buscan garantizar igualdad y transparencia en la contienda electoral, interpretándose de manera restrictiva y excluyendo analogías. Además, aclara que las restricciones no son excluyentes y que, en elecciones presidenciales, se aplican ambas normas simultáneamente, mientras que para otros cargos solo opera el parágrafo del artículo 38.

Problema jurídico

Determinar el alcance de las prohibiciones establecidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) y en el parágrafo del artículo 38 de la misma ley, así como su aplicación a elecciones distintas a la presidencial

Fragmentos citables
la Ley 996 de 2005 […] tiene como propósito evitar cualquier tipo de arbitrariedad, de ventaja injustificada, de uso irregular de los recursos del Estado en las campañas o falta de garantías en la elección presidencial. En esta medida, introduce limitaciones para realizar nombramientos, postulaciones, contrataciones o cualquier otro tipo de actividad que implique destinación de recursos públicos bajo el devenir propio de las Entidades Estatales.
Establece el fundamento teleológico de la Ley de Garantías Electorales, esencial para entender su alcance y propósito en la regulación de la contratación pública durante períodos electorales.
las prohibiciones, en tanto limitan la libertad y los derechos de las personas, son de origen constitucional y legal; la tipificación de sus causas, vigencia, naturaleza y efectos es rígida y taxativa; y su aplicación es restrictiva, de manera que excluye la analogía legis o iuris y la interpretación extensiva. Las normas legales de contenido prohibitivo hacen parte de un conjunto de disposiciones que integran un régimen jurídico imperativo y de orden público, razón por la cual no son disponibles ni pueden ser derogadas, modificadas, ampliadas o adicionadas por acuerdo o convenio o acto unilateral.
Explica el criterio interpretativo aplicable a las prohibiciones de la Ley de Garantías Electorales, destacando su carácter restrictivo y taxativo, esencial para su correcta aplicación.
MateriasContratación Directa · Convenios Interadministrativos · Ley De Garantías Electorales · Prohibición contractual · Contratación estatal · Alcance · Contratación · Elecciones en general distintas a la elección de Presidente de la República · Finalidad · Parágrafo del artículo 38 · Restricciones · Sujetos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/11/C-1491-1.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1491 de 2025
Número1_2025_10_12_011443
Fecha del documento20 de noviembre de 2025
Fecha de publicación21 de noviembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2a7c71b1eea0….

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