Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre documentos tipo, experiencia adicional, modalidad llave en mano y pago anticipado en contratación pública

1_2025_10_19_011696 · 28 de noviembre de 2025

EpígrafeConsulta sobre documentos tipo, experiencia adicional, modalidad llave en mano y pago anticipado en contratación pública
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa que los documentos tipo vigentes para infraestructura social no permiten contratar proyectos que incluyan estudios y diseños de centros administrativos municipales, pues estos no contemplan dichas actividades. No obstante, precisa que, cuando el objeto contractual incluya bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura social, la entidad puede exigir experiencia adicional siguiendo los parámetros establecidos en el artículo 4 de la Resolución 219 de 2021, siempre que se garantice la pluralidad de oferentes y se ajuste a los requisitos técnicos y jurídicos. Además, fija la posición de que los contratos llave en mano son modalidades de obra pública en las que el contratista asume la ejecución integral del proyecto, incluyendo diseños y estudios, y que las entidades pueden pactar anticipos o pagos anticipados hasta el 50% del valor del contrato, sin restricción por tipo de modalidad contractual.

Problema jurídico

Determinar la aplicabilidad de documentos tipo a proyectos de centros administrativos municipales, el alcance del artículo 4 de la Resolución 219 de 2021, la viabilidad de exigir experiencia adicional, el concepto de contrato llave en mano y la posibilidad de pactar anticipos en esta modalidad

Fragmentos citables
Cuando la entidad requiere bienes y servicios que no se encuentran incluidos como obra de infraestructura social en la “Matriz – Experiencia” y considera necesario exigir experiencia adicional, se puede optar por aplicar el artículo 4 de la Resolución No. 219 de 2021. Esta norma dispone los eventos en los que el objeto contractual incluye bienes o servicios adicionales a la obra pública de infraestructura social. En este caso, la entidad puede incluir experiencia adicional para evaluar la idoneidad respecto de los bienes o servicios ajenos a la obra pública de infraestructura social.
Este pasaje define el alcance del artículo 4 de la Resolución 219 de 2021, permitiendo la exigencia de experiencia adicional en casos específicos, lo que es clave para entender los límites de la potestad de las entidades.
El contrato de obra “llave en mano” es un sistema de contratación para construcción de obras, en el que “el contratista se compromete a llevar a cabo una obra totalmente, incluyendo estudios previos, diseños, suministro de equipos, ejecución de la obra en condiciones tales que, al finalizar la labor, le permita al contratante la puesta en marcha de obra en el momento en que se efectúe su entrega”.
Este fragmento define conceptualmente el contrato llave en mano, aclarando su alcance y características, lo que es esencial para su aplicación en la contratación pública.
Conforme las disposiciones que regulan el régimen de contratación pública, las entidades estatales están facultadas para pactar el pago anticipado o la entrega de anticipos como mecanismos de financiación para la adecuada ejecución de los contratos estatales. En efecto, el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993, establece que: “En los contratos que celebren las entidades estatales se podrá pactar el pago anticipado y la entrega de anticipos, pero su monto no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del valor del respectivo contrato”.
Este texto establece la facultad de las entidades para pactar anticipos en contratos estatales, incluyendo los llave en mano, y fija el límite del 50% del valor del contrato, lo que es relevante para la planificación financiera de los proyectos.
MateriasContrato Llave En Mano · Documentos Tipo · Pago Anticipado · Centro administrativo municipal · Experiencia adicional · Resoluciones 219, 220, 392 y 454 de 2021 · Resoluciones 539, 540 y 541 de 2025 · Contratación estatal · Anticipo · Contrato De Obra · Aplicación · Bienes obras y servicios adicionales a la obra pública · Concepto · Contratos · Fundamento normativo · Infraestructura de social · Llave en mano · Modalidad de Llave en mano · Obligatoriedad · Resoluciones 219, 220, 392 y 454 de 2025 · Sector social
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C-1520.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1520 de 2025
Número1_2025_10_19_011696
Fecha del documento28 de noviembre de 2025
Fecha de publicación2 de diciembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4f914bc03b59….

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