Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen jurídico aplicable a la adición de un contrato de arrendamiento entre una Empresa Industrial y Comercial del Estado (EICE) y una entidad estatal regida por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP)
1_2025_10_21_011775 · 3 de diciembre de 2025Contratación estatalcontrato interadministrativoestatuto general de contratación de la administración pública (egcap)adición de contratosarrendamiento de inmueblesempresas industriales y comerciales del estado (eice)límite del 50% en adicionescontratación estatalcontratación directacontrato de arrendamientoentidades estatalesprórroga y adiciónrégimen contractualalcanceartículo 40 ley 80conceptocriterios legalesdefinicióndeterminacióndiferenciaselementoslímitesnaturaleza de la operaciónnaturaleza jurídicarégimen aplicablereglas aplicablesrelación con el objeto del contratoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen jurídico aplicable a la adición de un contrato de arrendamiento entre una Empresa Industrial y Comercial del Estado (EICE) y una entidad estatal regida por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) |
|---|---|
| Resumen | Este documento conceptúa el régimen jurídico aplicable a la adición de un contrato de arrendamiento celebrado entre una Empresa Industrial y Comercial del Estado (EICE) —sometida a un régimen exceptuado del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP)— y una entidad estatal regida por este último. Fija la posición de que, salvo que concurran las hipótesis que habilitan la aplicación del régimen exceptuado para las EICE (actividades en competencia con el sector privado o en mercados regulados), el contrato interadministrativo se sujeta al EGCAP, incluyendo las limitaciones a las adiciones contractuales. Precisa que el límite del 50% para adiciones previsto en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993 aplica cuando el contrato no desarrolla una actividad exceptuada, mientras que las prórrogas están permitidas si no son automáticas y respetan los principios de contratación estatal. Destaca que la naturaleza del objeto contractual (arrendamiento de inmueble) y su inclusión como causal de contratación directa en la Ley 1150 de 2007 refuerzan la aplicabilidad del EGCAP, sin perjuicio del deber de las EICE de observar principios constitucionales y legales en materia fiscal y de transparencia. |
| Problema jurídico | Determinación del régimen jurídico aplicable a la adición de un contrato de arrendamiento entre una EICE y una entidad estatal bajo el EGCAP, específicamente en relación con el límite del 50% para adiciones previsto en el parágrafo del artículo 40 de la Ley 80 de 1993 |
| Fragmentos citables | El literal c) del numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, modificada por el artículo 92 de la Ley 1474 de 2011, establece lo siguiente: “En aquellos eventos en que el régimen aplicable a la contratación de la entidad ejecutora no sea el de la Ley 80 de 1993, la ejecución de dichos contratos estará en todo caso sometida a esta ley, salvo que la entidad ejecutora desarrolle su actividad en competencia con el sector privado o cuando la ejecución del contrato interadministrativo tenga relación directa con el desarrollo de su actividad”. En consecuencia, si del análisis propio que debe realizar la entidad se concluye que el contrato no desarrolla una actividad sometida al régimen exceptuado, el negocio jurídico se regirá por el Estatuto General y cualquier modificación que implique mayor valor deberá respetar el límite del 50 %, mientras que las prórrogas estarán permitidas siempre que no constituyan prórrogas automáticas y que observen los principios de la contratación estatal. |
| Materias | Contrato Interadministrativo · Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) · Adición de contratos · Arrendamiento de inmuebles · Empresas industriales y comerciales del Estado (EICE) · Límite del 50% en adiciones · Contratación estatal · Contratación Directa · Contrato De Arrendamiento · Entidades Estatales · Prórroga Y Adición · Régimen contractual · Alcance · Artículo 40 Ley 80 · Concepto · Criterios legales · Definición · Determinación · Diferencias · Elementos · Límites · Naturaleza de la operación · Naturaleza jurídica · Régimen aplicable · Reglas aplicables · Relación con el objeto del contrato |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C–1539.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2f1b8028e189….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.