Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Convenio interadministrativo – concepto – régimen jurídico

1_2025_10_27_012043 · 27 de octubre de 2025

EpígrafeConvenio interadministrativo – concepto – régimen jurídico / convenio interadministrativo – publicidad – entidad responsable
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el régimen jurídico y la publicidad de los convenios interadministrativos en Colombia. Fija la posición de que estos acuerdos, definidos por un criterio orgánico que exige la concurrencia de dos o más entidades estatales, no están determinados por la modalidad de selección utilizada ni por el régimen contractual aplicable a cada entidad participante. Además, precisa que la publicidad de estos convenios en el SECOP debe ser realizada por una sola de las entidades involucradas, preferiblemente aquella que asuma el rol de contratante o ejecutora principal, evitando duplicidades. La entidad responsable debe estar registrada en SECOP II si está obligada a su uso, o en SECOP I en caso contrario. La Agencia advierte que su competencia es consultiva y no puede resolver casos particulares, limitándose a orientar sobre normas generales aplicables al Sistema de Compra Pública.

Problema jurídico

¿Quién debe publicar en un convenio interadministrativo donde participan varias entidades estatales?

Fragmentos citables
El contrato o el convenio interadministrativo es el acuerdo donde concurre la voluntad de dos o más personas jurídicas de derecho público con la finalidad de cumplir, en el marco de sus objetivos misionales y sus competencias, con los fines del Estado. Es decir, los contratos o convenios interadministrativos están determinados por un criterio orgánico, pues es necesario que los extremos de la relación contractual sean Entidades Estatales.
Define el concepto jurídico esencial del documento: la naturaleza orgánica de los convenios interadministrativos, base para entender su régimen y publicidad.
Sobre la publicación del convenio interadministrativo, es importante precisar que el artículo 3 de la Ley 1150 de 2007 establece que el SECOP debe contener la información oficial de la contratación realizada con dineros públicos, y que dicha información debe ser difundida a través de canales electrónicos. Esta norma consagra un deber general de publicidad contractual que recae sobre todas las entidades estatales, sin distinción de su régimen jurídico, naturaleza o pertenencia a una rama del poder público. Asimismo, el SECOP se compone de las plataformas SECOP I y SECOP II, y resulta importante señalar que en el caso de las entidades estatales que aún publiquen su actividad contractual en el SECOP I, esta plataforma funciona como medio de publicidad, sin que exija la publicación inmediata de los documentos precontractuales y contractuales. En ese sentido, solo una de las Entidades Estatales que participan en el convenio interadministrativo podrá publicarlo para evitar duplicidad de la información en la plataforma.
Establece el deber de publicidad en el SECOP y la regla de que solo una entidad debe publicar el convenio para evitar duplicidades, clave para la gestión contractual.
MateriasConvenio Interadministrativo · Entidades Estatales · Publicidad contractual · Secop · Contratación estatal · Concepto · Entidad Responsable · Publicidad · Régimen jurídico
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C-1575.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1575 de 2025
Número1_2025_10_27_012043
Fecha del documento27 de octubre de 2025
Fecha de publicación17 de diciembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: d35ac2f05bc1….

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